por Makf | 20 Abr, 2026 | Apologética 24
Autor: Pedro María Reyes Vizcaíno
En térmimos generales, no es posible recibir o administrar sacramentos a cristianos no católicos. A veces, sin embargo, se hace necesario acudir a un ministro no católico, pues puede estar en juego incluso la salvación eterna de un alma.
En derecho canónico se denomina communicatio in sacris, ocomunicación en las cosas sagradas, o más expresamente comunión en los sacramentos, a la posibilidad de que cristianos de diferentes confesiones y denominaciones puedan participar conjuntamente de los sacramentos y otros bienes sagrados, como los templos y lugares sagrados y demás.
Por medio hay consideraciones de ecumenismo, de facilitar la unidad de los cristianos y de ayudar al mutuo conocimiento.
Pero se deben tener en cuenta las razones de unidad: los sacramentos y los bienes sagrados en general representan la unidad de los cristianos entre sí, y con Cristo; y no se puede representar lo que de hecho no existe.
Por referirnos sólo a los sacramentos, se puede contemplar la communicatio in sacris de dos modos:communicatio activa, que se refiere a la posibilidad de que un fiel católico acceda a los sacramentos de manos de un ministro no católico, y communicatio pasiva, o posibilidad de que un fiel no católico pueda recibir los sacramentos de un ministro católico.
Se deja de lado aquí la posibilidad de que participen conjuntamente en una concelebración eucarísticasacerdotes católicos y no católicos; pero se puede apuntar que Juan Pablo II, en la Encíclica Ecclesia de Eucharistia, recuerda que no son lícitas estas celebraciones:
"Precisamente porque la unidad de la Iglesia, que la Eucaristía realiza mediante el sacrificio y la comunión en el cuerpo y la sangre del Señor, exige inderogablemente la completa comunión en los vínculos de la profesión de fe, de los sacramentos y del gobierno eclesiástico, no es posible concelebrar la misma liturgia eucarística hasta que no se restablezca la integridad de dichos vínculos.
Una concelebración sin estas condiciones no sería un medio válido, y podría revelarse más bien un obstáculo a la consecución de la plena comunión, encubriendo el sentido de la distancia que queda hasta llegar a la meta e introduciendo o respaldando ambigüedades sobre una u otra verdad de fe" (n. 42).
Esta es la norma en vigor en el Código de Derecho Canónico acerca de la communicatio in sacris:
Canon 844 § 1: Los ministros católicos administran los sacramentos lícitamente sólo a los fieles católicos, los cuales, a su vez, sólo los reciben lícitamente de los ministros católicos, salvo lo establecido en los §§ 2, 3 y 4 de este canon, y en el can. 861, § 2. § 2:
En caso de necesidad, o cuando lo aconseje una verdadera utilidad espiritual, y con tal de que se evite el peligro de error o de indiferentismo, está permitido a los fieles a quienes resulte física o moralmente imposible acudir a un ministro católico recibir los sacramentos de la penitencia, Eucaristía y unción de los enfermos de aquellos ministros no católicos en cuya Iglesia son válidos esos sacramentos.
§ 3: Los ministros católicos administran lícitamente los sacramentos de la penitencia, Eucaristía y unción de los enfermos a los miembros de Iglesias orientales que no están en comunión plena con la Iglesia católica, si los piden espontáneamente y están bien dispuestos; y esta norma vale también respecto a los miembros de otras Iglesias que, a juicio de la Sede Apostólica, se encuentran en igual condición que las citadas Iglesias orientales, por lo que se refiere a los sacramentos.
§ 4: Si hay peligro de muerte o, a juicio del Obispo diocesano o de la Conferencia Episcopal, urge otra necesidad grave, los ministros católicos pueden administrar lícitamente esos mismos sacramentos también a los demás cristianos que no están en comunión plena con la Iglesia católica, cuando éstos no puedan acudir a un ministro de su propia comunidad y lo pidan espontáneamente, con tal de que profesen la fe católica respecto a esos sacramentos y estén bien dispuestos.
§ 5: Para los casos exceptuados en los §§ 2, 3 y 4, el Obispo diocesano o la Conferencia Episcopal no deben dar normas generales sin haber consultado a la autoridad, por lo menos local, de la Iglesia o comunidad no católica de que se trate.
El canon 861, citado en la norma precedente, recuerda que en caso de peligro de muerte puede administrar el bautismo cualquier persona, con tal de que tenga la debida intención.
Por lo tanto, se establece la regla general de que no es lícita la communicatio in sacris. La razón del Legislador al establecer esta norma es que para administrar los Sacramentos hace falta la unidad de los que intervienen, ministro y fiel.
Ciertamente, como ya se indicó, los sacramentos significan la unidad -y entre los sacramentos especialmente la Eucaristía-, pero no la producen sino que la presuponen, y por lo tanto, debe existir antes de administrarlo. Sin embargo, no se puede privar de la fuente de la salvación a quien esté verdaderamente necesitado de un sacramento. Por eso se establecen algunas excepciones.
El Papa Juan Pablo II apunta los motivos de que la legítima Autoridad establezca estas excepciones: "Si en ningún caso es legítima la concelebración si falta la plena comunión, no ocurre lo mismo con respecto a la administración de la Eucaristía, en circunstancias especiales, a personas pertenecientes a Iglesias o a Comunidades eclesiales que no están en plena comunión con la Iglesia católica.
En efecto, en este caso el objetivo es satisfacer una grave necesidad espiritual para la salvación eterna de los fieles, singularmente considerados, pero no realizar una intercomunión, que no es posible mientras no se hayan restablecido del todo los vínculos visibles de la comunión eclesial" (Juan Pablo II, Carta Encíclica Ecclesia de Eucharistia, n. 45).
Esta es la descripción pormenorizada de los distintos casos en que es legítima la communicatio in sacris:
Fiel católico que pide sacramentos a un ministro no católico
Para que sea lícita tal petición, se requiere:
a) Sólo es lícito pedir la Eucaristía, Penitencia y Unción de los enfermos.
b) Se puede pedir al ministro de una confesión no católica en cuya Iglesia son válidos esos sacramentos.
c) Se puede pedir si hay necesidad, o al menos una verdadera utilidad espiritual.
d) Se debe evitar el peligro de error o de indiferentismo.
Como orientación, se puede indicar que las Iglesias orientales que no están en comunión con el Romano Pontífice -la Iglesia Ortodoxa, los monofisitas, como son los coptos de Egipto y los armenios, los nestorianos, etc- administran válidamente los sacramentos. En las Iglesias separadas de Roma en Occidente, en cambio, no es posible dar ninguna regla general.
El Código señala estos tres sacramentos. Con los demás sacramentos no es legítima la communicatio in sacris.
Acerca de la necesidad o utilidad espiritual, hay que señalar que no es fácil dar un criterio general. A veces es cuestión de interpretación. Se aconseja consultar cada caso, en la medida en que se puede prever.
Pero se puede adelantar que no es necesidad o utilidad el cumplimiento del precepto dominical, si uno se encuentra en una ciudad en la que es difícil o imposible encontrar una iglesia católica, pues en ese caso, según señalan los moralistas, uno no está obligado al precepto de oír Misa. Menos aún si se pretende asistir a una Misa de diario, pues en este caso nunca hay obligación.
El indiferentismo a que alude el canon es el riesgo de que alguien -un compañero en el viaje, o un feligrés de la iglesia a que acudimos, o el ministro- suponga que uno piensa que es indiferente una confesión religiosa que otra, que tenemos fe por igual en ambas. Si existe este peligro, debemos evitar pedir los sacramentos.
Ministro católico al que se acerca un fiel de otra confesión
El canon 844 distingue, a su vez, dos supuestos:
1º Si el fiel pertenece a una Iglesia oriental
Estos son los requisitos:
a) Es lícito administrar los tres sacramentos: Penitencia, Eucaristía y Unción de los enfermos.
b) Lo deben pedir espontáneamente.
c) Deben estar bien dispuestos.
Nótese, como ya se señaló antes, que el canon habla de Iglesias orientales, lo cual incluye a la Iglesia Ortodoxa y a otras confesiones: Iglesia monofisita copta de Egipto, armenia, etc. Puede haber otras denominaciones, no orientales, en las mismas condiciones que éstas. El juicio de esta similitud lo hace la Santa Sede.
Obsérvese que para estos fieles no se exige ningún requisito en cuanto a la necesidad: sólo se pide que lo soliciten espontáneamente. Tampoco es requisito que no pueda acudir a un ministro de su propia Iglesia: compárese con el siguiente párrafo, en que sí se pide este requisito. Por lo tanto, es legítimo que el fiel de una iglesia oriental se confiese periódicamente, o comulgue los domingos u otras veces, en una iglesia católica, aunque exista una iglesia de su denominación en la misma ciudad.
Eso sí, con tal de que no haya peligro de indiferentismo. No lo indica expresamente el canon, pero no parece que sea lícito en otro caso.
2º Si el fiel pertenece a otra confesión cristiana
Si se trata de un cristiano, y no pertenece a una de las Iglesias señaladas en el párrafo anterior, debe cumplir los siguientes requisitos, para que sea lícito administrarle un sacramento:
a) Es lícito administrar los tres sacramentos ya conocidos: Penitencia, Eucaristía y Unción de los enfermos.
b) Que haya peligro de muerte u otra necesidad grave, a juicio del Obispo diocesano o de la Conferencia episcopal.
c) Que no puedan acudir a un ministro de su propia confesión, y lo pidan espontáneamente.
d) Que profesen la fe católica respecto a estos sacramentos.
e) Que estén bien dispuestos.
Hay que indicar que se habla de cristianos. No es posible administrar sacramentos a fieles de otras religiones. Por cristianos la Santa Sede entiende aquéllas confesiones que creen en Cristo, y en su Divinidad.
No se puede detallar aquí cada una de las confesiones y denominaciones, pero a modo de ejemplo se debe decir que en este caso no están los Testigos de Jehová, los cuales creen en Jesucristo, pero no en su divinidad. No son cristianos, por lo tanto, a estos efectos.
Además, se requiere que haya peligro de muerte u otra necesidad grave. La necesidad que se puede considerar grave, a estos efectos, lo determina la Conferencia Episcopal o el Obispo diocesano.
Según el párrafo 5º del canon 844, la autoridad católica, antes de dar normas en esta materia ha de consultar a la autoridad al menos local de la Iglesia o comunidad no católica de que se trate. Tal consulta no es vinculante.
Esta indicación es una deferencia a los hermanos separados, y una llamada al entendimiento, en una materia tan delicada como son los sacramentos, entre las autoridades de quienes rezamos al mismo Dios Uno y Trino y, aunque no completamente, compartimos la misma fe.
por Makf | 20 Abr, 2026 | Apologética 24
Autor: P. Paulo Dierckx y P. Miguel Jordá Fuente: Para dar razón de nuestra Esperanza, sepa defender su Fe
El hecho de la Resurrección de Cristo en el día Domingo para los discípulos era altamente significativo y será desde entonces el centro de la fe cristiana.
El otro día una familia me contó que recibió una visita de un señor muy educado. Y con la mejor de las sonrisas, el hombre les ofreció en venta unos hermosos libros de cultura general.
Dicen que habló tan bonito de tantas cosas... pero al final terminó con un tema de religión, diciendo que los católicos están equivocados, que, según la Biblia, deben reemplazar la celebración del Domingo por la del sábado, pues el sábado es el día bíblico y el Domingo es una adulteración de los católicos.
Le expliqué que tal caballero seguramente era un misionero de la religión Adventista del Séptimo día. Pues son ellos quienes observan el día sábado y proclaman que ellos son los únicos que cumplen con la Biblia.
¿Qué debemos pensar de todo esto?
Bueno, antes que hablar del día Domingo o sábado, debemos decir que los hermanos adventistas son, en esta observancia del día sábado, tan escrupulosos como los fariseos que nos pinta el santo Evangelio. No han aprendido nada de la «libertad de espíritu» con que Jesús hablaba del día sábado.
Además los adventistas estudian la Biblia en base a textos aislados, y olvidan que la Revelación Divina sigue en la Sagrada Escritura una evolución progresiva; y, sin seguir esa evolución en los diversos libros inspirados, es prácticamente imposible comprender el verdadero sentido de una enseñanza bíblica.
No debemos quedarnos con unas pocas páginas de la Biblia, sino que debemos leer toda la Biblia.
¿Qué nos enseña el A. T. acerca del día sábado?
La palabra «sabat» (sábado)significa «descanso» «reposo» o «cesación.» Es decir, que «sábado» significa simplemente «un tiempo de descanso» y no tiene originalmente ningún significado como «el séptimo día de la semana»
De hecho se emplea en la Biblia la palabra «sábado» con diversas significaciones. A veces significa «un reposo» de un día (Ex. 20,10). Otras veces este reposo es de «un año» (Lev. 25,4). Alguna vez indica también un período de 70 años (2 Crón. 36, 21).
Ahora bien, ¿de dónde viene el día sábado como séptimo día consagrado a Dios? Leemos la Biblia: «Así fueron hechos el cielo y la tierra y todo lo que hay en ellos. Dios terminó su trabajo el séptimo día, y descansó en este día de todo lo que había hecho. Bendijo Dios el séptimo día y lo hizo santo porque ese día El descansó de todo su trabajo de creación». (Gén. 2, 2-3)
«En seis días Yahvé hizo el cielo y la tierra, el mar y todo cuanto hay en ellos, pero el séptimo día Yahvé descansó, y por eso bendijo el sábado y lo hizo sagrado». (Ex. 20, 11).
«Seis días trabajarás y harás tus obras, pero el séptimo es sábado de Yahvé tu Dios» (Deut. 5, 13-14).
Nos damos cuenta de que en estos textos la palabra «sábado» (descanso) tiene para los israelitas del Antiguo Testamento un nuevo sentido, un sentido religioso.
El sábado les recordaba la creación de Dios en seis días con su descanso en el Séptimo día; este último día es consagrado a Dios. Y el hombre también con su trabajo imita la actividad de Dios Creador y con su «descanso» («sabat») del séptimo día el hombre imita el reposo sagrado de Dios. (Ex. 31, 13).
Así el día sábado se convirtió para los israelitas en una señal, en una de sus prácticas más típicas e importantes.
Esta señal del día sábado y la circuncisión eran características mediante las cuales el pueblo de Israel se distinguía de los otros pueblos que lo rodeaban. Y durante toda la historia del A.T. el pueblo de Israel guardó fidelidad a estas dos señales.
Con el tiempo la práctica del reposo del sábado fue asumida por la ley judía en forma muy estricta, con 39 prohibiciones de trabajo: prohibición de recoger leña (Núm. 15, 32); prohibición de preparar alimentos (Ex. 16, 23); prohibición de encender fuego (Ex. 35, 3); etc. Poco a poco la práctica del reposo del sábado se convirtió en una observancia escrupulosa e hipócrita. Los profetas del A.T. lanzan una dura crítica contra la práctica legalista del sábado que ha convertido a los israelitas en un pueblo sin devoción interior (Os. 1, 2 y Os. 2, 13).
¿Celebraba Jesús el día sábado?
Jesús no suprime explícitamente la ley del sábado. El, en día sábado, visitaba la sinagoga y aprovechaba la ocasión para anunciar el Evangelio (Lc. 4, 16). Pero Jesús, al igual que los profetas, atacaba el rigorismo formalista de los fariseos y de los maestros de la Ley: «El sábado está hecho para el hombre y no el hombre para el sábado.» (Mc. 2, 27).
Para Jesús el deber de la caridad es anterior a la observancia material del reposo; por eso El hizo varias sanaciones en día sábado, obras prohibidas en este día. (Mc. 3, 1-6; Lc. 14, 1-6; Lc. 6, 1-5). Además Jesús se atribuyó poder sobre el sábado: «el Hijo del hombre es Señor del sábado.» (Mc. 2, 28). En otras palabras, Jesús es dueño del sábado. (Lc. 6, 1-5).
Por supuesto que esta nueva manera de observar el sábado chocó violentamente con la mentalidad legalista de los fariseos. Y éste era uno de los cargos graves contra Jesús (Jn. 5, 9). Pero El estaba consciente de que, haciendo el bien en día sábado, imitaba a su Padre, el cual habiendo reposado el sexto día, al final de la creación, continúa rigiendo el mundo y vivificando a los hombres. «Mi Padre ha trabajado hasta ahora, y yo también trabajo» (Jn. 5-17).
La actitud de Jesús frente al día sábado nos enseña que él actuó con libertad de espíritu frente a esa ley, y nunca consideró la observancia del sábado como algo esencial en su prédica, esto era para Jesús algo menos importante.
Pero Jesús dijo claramente«que no vino a suprimir la ley sino a darle su verdadero significado» (Mt. 5, 17). En su actitud no se trata de cumplir la ley al pie de la letra, sino que promueve una evolución de la ley hacia su perfección.
La Resurrección de Jesús
El argumento fundamental para optar por el día Domingo procede de la Resurrección del Señor. Los cuatro evangelistas concuerdan en que la Resurrección de Cristo tuvo lugar en «el primer día de la semana», que corresponde al día Domingo de ahora. (Mt. 28, 1; Mc. 16, 2; Lc. 24, 1; Jn. 20, 1 y 19). El hecho de la Resurrección de Cristo en el día Domingo para los discípulos era altamente significativo y será desde entonces el centro de la fe cristiana.
Hay dos razones fundamentales para celebrar este día de la Resurrección:
1) Con su Muerte y Resurrección, Jesús comenzó la Nueva Alianza y terminó la Antigua Alianza. Durante la última Cena, Jesús proclamó: «Esta copa es la Alianza Nueva, sellada con mi sangre, que va a ser derramada por ustedes.» (Lc. 22, 20).
Los discípulos de Jesús poco a poco se dieron cuenta de que en esta Nueva Alianza la ley de Moisés y sus prácticas tendrían otro sentido.
La Muerte y Resurrección de Cristo significaban también para los primeros cristianos la Nueva Creación, ya que Jesús culminaba su obra precisamente con su Muerte y Resurrección justo en el día Domingo, que será desde entonces «el día del Señor».
Nosotros también hemos recibido la promesa de entrar con Cristo en este reposo (Hbr. 4, 1-16). Entonces, el día Domingo, «el día del Señor», será el verdadero día de descanso, en que los hombres reposarán de sus fatigas a imagen de Dios que reposa de sus trabajos (Hbr. 4, 10 y Apoc. 14, 13).
De ahí en adelante la fe de los cristianos tiene como centro a Cristo Resucitado y Glorificado. Y para ellos era muy lógico celebrar el «Día del Señor» (Domingo) como el «Nuevo día» de la Creación. (Is. 2, 12).
La práctica de los primeros cristianos
Los primeros cristianos siguieron en un principio observando el sábado y aprovechaban las reuniones sabáticas para anunciar el Evangelio en el ambiente judío. (Hch. 13, 14). Pero luego el primer día de la semana (el Domingo) empezó a ser el día del culto de la primitiva Iglesia.
«El primer día de la semana, estando nosotros reunidos para partir el pan...» (Hch. 20, 7). Sabemos que «partir el pan» es la expresión antigua para designar la santa Misa o Eucaristía. Es entonces muy claro que los primeros cristianos tenían su reunión litúrgica -la Santa Misa- en el día Domingo, tal como se hace hoy. Escribe Juan, el autor del libro Apocalipsis: «Sucedió que, un día del Señor, quedé bajo el poder del Espíritu Santo» (Ap. 1, 10).
¿Qué nos enseña el apóstol Pablo?
Jesús había dicho: «Yo no vine a terminar con la ley , sino a completar la ley, dándole su última perfección» (Mt. 5, 17). San Pablo en sus cartas desarrolla esta misma idea: «El fin de la ley es Cristo» (Rom. 10, 4). Así para el apóstol la plenitud de la ley no se encuentra en el cumplimiento literal de la ley, sino en la fe en Cristo. Pablo dice que «la ley ha sido nuestro maestro hasta Cristo» (Gal. 3, 24) y con Cristo se inicia la Nueva Alianza (1 Cor. 11, 25).
El apóstol Pablo tuvo sus discusiones acerca del día del Señor. Al comienzo tenía la costumbre de predicar en las sinagogas el día sábado para los judíos, pero cuando le rechazaban sus enseñanzas, él se volvía a los gentiles. En este ambiente no judío, Pablo no daba importancia a las costumbres judías, como la circuncisión, el día sábado, etc. Pablo se reunía con los nuevos creyentes el primer día de la semana, y trasladaban las prácticas que los judíos solían hacer en día sábado, como la colecta de la limosna, al primer día de la semana. (1 Cor. 16, 1-2)
Esta actitud en favor de los gentiles convertidos provocó una fuerte discusión en la Iglesia. Luego, este asunto fue tratado en una reunión en Jerusalén, con los apóstoles y ancianos de esta Iglesia.
Ahí tomaron la decisión de no imponer a los gentiles convertidos ninguna carga o práctica judía, salvo lo absolutamente necesario (Hch. 5, 28-29). Con esta decisión quedó abierta la puerta a los gentiles, sin obligarlos a la ley judía. Ahora bien, Pablo escribe a los Colosenses:
«Que nadie los moleste a ustedes por lo que comen o beben, o con respecto a días de fiesta, lunas nuevas o días de descanso.» (Col. 2, 16) Además criticó el afán de dar demasiada importancia a ciertos días (sábado), meses, fechas y años (Gál. 4, 10). El siempre recomendó evitar estas polémicas secundarias y dar importancia a la caridad.
Consideración final
No cabe la menor duda de que los primeros cristianos santificaron, descansaron y celebraron el Domingo como «el día del Señor.» Esta práctica tiene pleno fundamento en la Biblia. Respetamos el hecho de que los judíos celebren el sábado en la forma indicada en el Antiguo Testamento (ellos no son una religión cristiana).
En cuanto a algunos grupos, como los adventistas, que se dicen ser cristianos, y que defienden la celebración del sábado -no del Domingo- tenemos que decir que no interpretan bien toda la Biblia, ya que se quedan con una práctica judía del A. T. y no siguieron el cumplimiento del N. T. Esto sucede porque interpretan la Biblia en forma literal y parcial, y olvidan que Jesús completó y perfeccionó el A. T.
Los católicos, entonces, estamos en la verdad al celebrar el día Domingo. Para terminar, repito las palabras del apóstol Pablo: «Que nadie les critique por cuestiones de comidas o bebidas o con respecto a días de fiestas, lunas nuevas o días de descanso... Todo esto es sombra de lo venidero» (Col. 2, 16-17).
Me consta que muchos adventistas pasan como obsesionados casa por casa llamando a los católicos a cambiarse de religión por la cuestión del día sábado. ¡Como si esto fuera lo más importante de la Biblia! Y me consta que muchos adventistas al pasar por las casas de los católicos les piden la Biblia y les leen los textos aislados del A. T, donde el Señor llama al pueblo judío a santificar el sábado, y dicen a la gente: «Fíjense, en su misma Biblia católica Dios manda observar el sábado... ¿No ven que ustedes están equivocados?».
Esto es abusar de la Biblia y de la buena fe del pueblo sencillo. Es usar de una verdad a medias para sembrar dudas y perturbar a la gente sencilla. Por eso es conveniente que ustedes, amigos, lean varias veces este tema hasta que se empapen bien de lo que aquí se dice, y cuando pasen los adventistas sepan qué responderles, con caridad sí, pero también con energía y con claridad.
En definitiva, los católicos no hemos quedado petrificados en el Antiguo Testamento ni somos esclavos de frases sacadas de su verdadero contexto. Los católicos aceptamos este evolución querida por Dios entre Antiguo y Nuevo Testamento y aceptamos a Jesús como Amo y Señor de la Historia y tenemos muy claro que la realidad presente deja muy atrás los signos con que fue prefigurada. Es por eso que santificamos el día Domingo.
Cuestionario
¿Qué enseñan con insistencia los Adventistas sobre la observancia del sábado? ¿Qué dice la Biblia en el A. T.?
¿Cómo la Iglesia Católica pasó del Sábado al Domingo? ¿Hay una evolución entre A. T. y N. T? ¿Consideró Jesús la observancia del Sábado como algo esencial?
¿Qué dijo Jesús en Mc. 2, 28? ¿Por qué los católicos observamos el Domingo? ¿Cuál fue la práctica de San Pablo?
por Makf | 20 Abr, 2026 | Apologética 24
Autor: Christian | Fuente: apologia21.com
La fe siempre ha de ir unida a la obediencia que se hace manifiesta en obras. El hombre es justificado por fe y obras, no solamente por la fe.
Analicemos expresamente lo ocurrido con Abraham desde el texto del Antiguo Testamento:
Génesis 12,1-4
Pero Yavé había dicho a Abram: Vete de tu tierra y de tu parentela, y de la casa de tu padre, a la tierra que te mostraré. Y haré de ti una nación grande, y te bendeciré, y engrandeceré tu nombre, y serás bendición.
Bendeciré a los que te bendijeren, y a los que te maldijeren maldeciré; y serán benditas en ti todas las familias de la tierra. Y se fue Abram, como Yavé le dijo; y Lot fue con él. Y era Abram de edad de setenta y cinco años cuando salió de Harán.
Vemos la promesa de Dios a Abram. Promesa que empieza con una orden: vete de tu tierra y de tu parentela. Evidentemente si Abram se hubiera quedado en casa, nada hubiera sucedido.
Sigamos
Gen 14,5-6
Y lo llevó fuera, y le dijo: Mira ahora los cielos, y cuenta las estrellas, si las puedes contar. Y le dijo: Así será tu descendencia. Y creyó a Yavé, y le fue contado por justicia.
La fe de Abram le justifica. Él cree en Dios, cree A Dios y cree lo que Dios le dice
¿Qué ocurre después?
Abram, que había creído en Dios, busca "ayudar a Dios" a cumplir su promesa acostándose con su sierva Agar, la cual le da un hijo. Hijo que no es fruto de la promesa de Dios sino de la fe que ha flaqueado y que no entiende cómo se puede tener una descendencia como las estrellas del seno estéril de Sarai.
Mas Dios no rompe su promesa sino que la vuelve a afirmar:
Gen 17,1-7
Era Abram de edad de noventa y nueve años, cuando le apareció Yavé y le dijo: Yo soy el Dios Todopoderoso; anda delante de mí y sé perfecto. Y pondré mi pacto entre mí y ti, y te multiplicaré en gran manera. Entonces Abram se postró sobre su rostro, y Dios habló con él, diciendo:
He aquí mi pacto es contigo, y serás padre de muchedumbre de gentes. Y no se llamará más tu nombre Abram, sino que será tu nombre Abraham, porque te he puesto por padre de muchedumbre de gentes. Y te multiplicaré en gran manera, y haré naciones de ti, y reyes saldrán de ti. Y estableceré mi pacto entre mí y ti, y tu descendencia después de ti en sus generaciones, por pacto perpetuo, para ser tu Dios, y el de tu descendencia después de ti.
Ojo, la promesa, de nuevo, viene precedida de un mandato: anda delante de mí y sé perfecto. De nuevo Dios apela a la obediencia antes de confirmar la promesa que un día hizo a Abram, que ya es llamado Abraham.
Pasa el tiempo, nace Isaac, que es el hijo de la promesa, y Dios somete a una prueba durísima la obediencia de Abraham. Le pide ni más ni menos que sacrifique a su hijo. Al hijo de la promesa. Dios había cumplido su parte. Ahora tocaba ver si Abraham cumplía la suya de forma que obedeciera a Dios hasta el extremo de ofrecer a su hijo en holocausto.
Abraham obedeció y sabemos que Dios salvó a Isaac. Ahora veamos las consecuencias de aquello en boca del propio Señor:
Gen 22,16
Por mí mismo he jurado, dice Yavé, que por cuanto has hecho esto, y no me has rehusado tu hijo, tu único hijo; de cierto te bendeciré, y multiplicaré tu descendencia como las estrellas del cielo y como la arena que está a la orilla del mar; y tu descendencia poseerá las puertas de sus enemigos. En tu simiente serán benditas todas las naciones de la tierra, por cuanto obedeciste a mi voz.
Ahora la promesa no va precedida de un mandato. No. Ahora la promesa es fruto de la obediencia de Abraham. La promesa se confirma eternamente cuando Abraham obedece. Por eso las obras de Abraham perfeccionaron la fe por la que había sido justificado. Por eso la Biblia nos dice en el libro de Santiago:
Santiago 2,20-24
¿Mas quieres saber, hombre vano, que la fe sin obras es muerta? ¿No fue justificado por las obras Abraham nuestro padre, cuando ofreció a su hijo Isaac sobre el altar? ¿No ves que la fe actuó juntamente con sus obras, y que la fe se perfeccionó por las obras? Y se cumplió la Escritura que dice:
Abraham creyó a Dios, y le fue contado por justicia, y fue llamado amigo de Dios. Vosotros veis, pues, que el hombre es justificado por las obras, y no solamente por la fe.
por Makf | 20 Abr, 2026 | Apologética 24
Autor: Catholic.net | Fuente: Catholic.net
Preguntas y respuestas basadas en la encíclica “Ecclesia de Eucaristía” en la que se abordan las características fundamentales de este sacramento de amor.
¿Qué es la Eucaristía?
«El Señor Jesús, la noche en que fue entregado», (1 Co 11, 23), instituyó el Sacrificio eucarístico de su cuerpo y de su sangre. Las palabras del apóstol Pablo nos llevan a las circunstancias dramáticas en que nació la Eucaristía.
En ella está inscrito de forma indeleble el acontecimiento de la pasión y muerte del Señor. No sólo lo evoca sino que lo hace sacramentalmente presente. Es el sacrificio de la Cruz que se perpetúa por los siglos.
¿Recibimos este sacramento de manos de Cristo?
La Iglesia ha recibido la Eucaristía de Cristo, su Señor, no sólo como un don entre otros muchos, aunque sea muy valioso, sino como el don por excelencia, porque es don de Sí mismo, de su Persona en su santa humanidad y, además, de su obra de salvación. Ésta no queda relegada al pasado, pues todo lo que Cristo es y todo lo que hizo y padeció por los hombres participa de la eternidad divina y domina así todos los tiempos.
¿Es un sacramento de amor?
Misterio grande, Misterio de misericordia. ¿Qué más podía hacer Jesús por nosotros? Verdaderamente, en la Eucaristía nos muestra un amor que llega «hasta el extremo», (Jn 13, 1), un amor que no conoce medida.
¿Por qué es importante la Eucaristía?
Con razón ha proclamado el Concilio Vaticano II que el Sacrificio eucarístico es «fuente y cima de toda la vida cristiana». «La sagrada Eucaristía, en efecto, contiene todo el bien espiritual de la Iglesia, es decir, Cristo mismo, nuestra Pascua y Pan de Vida, que da la vida a los hombres por medio del Espíritu Santo».
Por tanto la mirada de la Iglesia se dirige continuamente a su Señor, presente en el Sacramento del altar, en el cual descubre la plena manifestación de su inmenso amor.
¿Qué relación tiene con la Iglesia?
Del misterio pascual nace la Iglesia. Precisamente por eso la Eucaristía, que es el sacramento por excelencia del misterio pascual, está en el centro de la vida eclesial. Se puede observar esto ya desde las primeras imágenes de la Iglesia que nos ofrecen los Hechos de los Apóstoles:
«Acudían asiduamente a la enseñanza de los apóstoles, a la comunión, a la fracción del pan y a las oraciones» (2, 42). La «fracción del pan» evoca la Eucaristía. Después de dos mil años seguimos reproduciendo aquella imagen primigenia de la Iglesia.
¿Cómo llega hasta nuestros días?
El acontecimiento pascual y la Eucaristía que lo actualiza a lo largo de los siglos tienen una «capacidad» verdaderamente enorme, en la que entra toda la historia como destinataria de la gracia de la redención. Este asombro ha de inundar siempre a la Iglesia, reunida en la celebración eucarística.
La Misa es, a la vez e inseparablemente, el memorial sacrificial en que se perpetúa el sacrificio de la cruz, y el banquete sagrado de la comunión en el Cuerpo y la Sangre del Señor.
¿Está realmente Cristo presente en este sacramento?
Recordemos la doctrina siempre válida del Concilio de Trento: «Por la consagración del pan y del vino se realiza la conversión de toda la sustancia del pan en la sustancia del cuerpo de Cristo Señor nuestro, y de toda la sustancia del vino en la sustancia de su sangre. Esta conversión, propia y convenientemente, fue llamada transubstanciación por la Iglesia Católica».
Verdaderamente la Eucaristía es un misterio que supera nuestro pensamiento y puede ser acogido sólo en la fe. «No veas —exhorta san Cirilo de Jerusalén— en el pan y en el vino meros y naturales elementos, porque el Señor ha dicho expresamente que son su cuerpo y su sangre: la fe te lo asegura, aunque los sentidos te sugieran otra cosa».
¿Cómo descubrimos a Cristo en la Eucaristía?
Contemplar a Cristo implica saber reconocerle dondequiera que Él se manifieste, en sus multiformes presencias, pero sobre todo en el Sacramento vivo de su cuerpo y de su sangre. La Iglesia vive del Cristo eucarístico, de Él se alimenta y por Él es iluminada. La Eucaristía es misterio de fe y, al mismo tiempo, «misterio de luz».
Cada vez que la Iglesia la celebra, los fieles pueden revivir de algún modo la experiencia de los dos discípulos de Emaús: «Entonces se les abrieron los ojos y le reconocieron», (Lc 24, 31).
¿Y qué pasa cuando comulgamos?
La eficacia salvífica del sacrificio se realiza plenamente cuando se comulga recibiendo el cuerpo y la sangre del Señor. De por sí, el sacrificio eucarístico se orienta a la íntima unión de nosotros, los fieles, con Cristo mediante la comunión: le recibimos a Él mismo, que se ha ofrecido por nosotros; su cuerpo, que Él ha entregado por nosotros en la Cruz; su sangre, «derramada por muchos para perdón de los pecados», (Mt 26, 28). La Eucaristía es verdadero banquete, en el cual Cristo se ofrece como alimento.
¿Cómo debemos recibir la comunión?
El Catecismo de la Iglesia Católica establece: «Quien tiene conciencia de estar en pecado grave debe recibir el sacramento de la Reconciliación antes de acercarse a comulgar». El Concilio de Trento ha concretado que, para recibir dignamente la Eucaristía, «debe preceder la confesión de los pecados, cuando uno es consciente de pecado mortal».
¿Cómo nos ayuda en nuestra vida cristiana?
Una consecuencia significativa propia de la Eucaristía es que da impulso a nuestro camino… poniendo una semilla de viva esperanza en la dedicación cotidiana de cada uno a sus propias tareas (y así) contribuir con la luz del Evangelio a la edificación de un mundo plenamente conforme al designio de Dios.
¿Fuera de la Misa cómo debemos encontrarnos con la Eucaristía?
El culto que se da a la Eucaristía fuera de la Misa es de un valor inestimable en la vida de la Iglesia. La presencia de Cristo bajo las sagradas especies que se conservan después de la Misa, deriva de la celebración del Sacrificio y tiende a la comunión sacramental y espiritual. (Hay que) animar el culto eucarístico, particularmente la exposición del Santísimo Sacramento y la adoración de Cristo presente bajo las especies eucarísticas.
¿Cómo visitar el Santísimo Sacramento?
Es hermoso estar con Él y, reclinados sobre su pecho como el discípulo predilecto, palpar el amor infinito de su corazón. Si el cristianismo ha de distinguirse en nuestro tiempo sobre todo por el «arte de la oración», ¿cómo no sentir una renovada necesidad de estar largos ratos en conversación espiritual, en adoración silenciosa, en actitud de amor, ante Cristo presente en el Santísimo Sacramento?
María y la Eucaristía
Si queremos descubrir en toda su riqueza la relación íntima que une Iglesia y Eucaristía, no podemos olvidar a María, Madre y modelo de la Iglesia. Efectivamente, Ella puede guiarnos hacia este Santísimo Sacramento porque tiene una relación profunda con él.
Vivir en la Eucaristía el memorial de la muerte de Cristo implica también recibir continuamente este don. Significa tomar con nosotros —a ejemplo de Juan— a quien una vez nos fue entregada como Madre.
Significa asumir, al mismo tiempo, el compromiso de conformarnos a Cristo, aprendiendo de su Madre y dejándonos acompañar por ella. María está presente con la Iglesia, y como Madre de la Iglesia, en todas nuestras celebraciones eucarísticas.
En el humilde signo del pan y el vino, transformados en su cuerpo y en su sangre, Cristo camina con nosotros como nuestra fuerza y nuestro viático y nos convierte en testigos de esperanza para todos.
Si ante este Misterio la razón experimenta sus propios límites, el corazón, iluminado por la gracia del Espíritu Santo, intuye bien cómo ha de comportarse, sumiéndose en la adoración y en un amor sin límites.
por Makf | 20 Abr, 2026 | Apologética 24
Autor: P. Jon Mikel de Arza Blanco, IVE
El uso litúrgico de las flores.
Pregunta:
Somos catequistas y necesitamos tener datos sobre las flores que se ponen alrededor del Altar para la Santa Misa, saber su significado, como alegría y recepción, etc.
Todos los datos que pueda enviarnos nos servirán. En Cristo Jesús, María Santísima y San José, modelo de Familia.
Respuesta:
Lo primero que hay que decir es que las flores en el altar tienen una función de ornamentación (así como los cirios, el mantel, el incienso, etc.), es un modo de honrar a Cristo, pues, el altar es Cristo. Secundariamente, también honrar a sus miembros más gloriosos, que son los mártires, cuyas reliquias están depositadas en el altar, es decir, la Iglesia triunfante, Esposa de Cristo.
Relaciónese esto con la corona de flores de naranjo que llevaba la novia en el matrimonio, y por qué no, con el mismo Cristo, ya que, por ejemplo, en el rito bizantino, también el esposo es coronado.
Según una antiquísima tradición, atestiguada ya en la Traditio Apostolica (año 215), atribuida a San Hipólito de Roma, los cristianos llevaban rosas y lirios como ofrenda al altar: “algunas veces ofrecían flores; se ofrecía, pues, la rosa y el lirio, y no otras” (Traducimos el texto de la edición de BOTTE, 1963, 78).
Como nota el famoso liturgista italiano, Mons. Mario Righetti, “el pavimento a mosaico de la basílica de Aquilea, construido en los primeros años del s. IV, lleva también un panel que representa las mujeres que ofrecen a la Iglesia flores sueltas y a festones”. (M. RIGHETTI, Storia Liturgica, I, 544). Desde el s. IV, y probablemente antes, los sepulcros de los mártires, conforme al uso universal, que de este modo honraba todas las tumbas, eran adornados con perfume de flores, que llegaba también a la mesa del altar que custodiaba las reliquias.
De aquí que cantara Prudencio († 410 ca.): “Violis et fronde frequenti/Nos tecta fovebimus ossa” (Cathemerinon, X, v. 169). Que podríamos traducir: “Con asiduas violetas y frondas/honraremos los huesos cubiertos”. San Jerónimo elogiaba a Nepociano que cuidaba diligentemente la decoración floral de las basílicas y lugares de los mártires, con diversas flores, ramas de árboles y sarmientos (Cf. Epist. LX ad Heliodorum).
A falta de ramos de olivo y de palmeras, se bendijeron flores (y aún se bendicen) en los países septentrionales el Domingo de Ramos (de aquí, “Pascua Florida”). Esta circunstancia dio nombre a la península de “Florida” en los Estados Unidos, precisamente por este uso litúrgico, ya que los españoles llegaron allí para esa fecha en el año 1513 (Cf. M. RIGHETTI, Idem, II, 184).
Una costumbre característica de la época medieval el día de Pentecostés, era la de hacer llover rosas, durante el canto de Tertia o de la Sequentia de la Misa, que recreaban simbólicamente las lenguas de fuego y los dones del Espíritu Santo, por eso se conoce esta solemnidad también con el nombre de “Pascua rosada” (Cf. Ibidem, II, 316).
En fin, sirvan estos datos históricos para atestiguar el uso litúrgico de las flores.
Vayamos ahora a las normas de la Ordenación General del Misal Romano: el principio es que “en la ornamentación del altar se guardará moderación” (OGMR, 305). Hay templos en los que uno no sabe si se encuentra en una florería, un vivero, o una selva. En el afán de adornar, se convierte en principal aquello que es accesorio, y pierde visibilidad lo más importante, que es el altar, o incluso, se dificulta la movilidad del sacerdote en el desenvolvimiento del rito.
Ahora bien, hay tiempos litúrgicos en los que la moderación debe ser aún mayor, como en el Adviento, o incluso no deben ponerse flores, como durante la Cuaresma (excepto el IV domingo, conocido como domingo de “Laetare” – “Alégrate”, como un anticipo de la alegría pascual, que ya está próxima). Las solemnidades y fiestas, por supuesto, requieren de mayor abundancia floral (Cf. OGMR, 305).
Entre paréntesis, a veces se ve un lunes cualquiera del año la iglesia llena de flores que quedaron del matrimonio celebrado el día anterior, esto no se condice con la función de manifestar la alegría festiva que reservamos para las ceremonias más solemnes, porque no puede ser fiesta todos los días, con lo cual se perdería el verdadero sentido de la fiesta, que exige que haya algún exceso significativo.
Sin embargo, la Ordenación vuelve a insistir: “el empleo de las flores como adorno del altar ha de ser siempre moderado, y se colocarán, más que sobre la mesa del altar, en torno a él” (OGMR, 305).
Esto último tiene un motivo práctico o funcional, que es, precisamente, para que no se entorpezca la visibilidad de los fieles sobre los diferentes ritos que realiza el sacerdote, pero, hay un motivo más de fondo, y es que el altar no es solamente la mesa de un banquete, sino sobre todo, el ara del sacrificio, como se deduce de lo que dice la misma OGMR:
“El altar, en el que se hace presente el sacrificio de la cruz bajo los signos sacramentales, es, además, la mesa del Señor, para cuya participación es convocado en la Misa el pueblo de Dios…” (OGMR, 296).
por Makf | 20 Abr, 2026 | Apologética 24
Autor: P. Eduardo Volpacchio | Fuente: www.algunasrespuestas.com
Algunos piensan que la necesidad de una hora de ayuno antes de comulgar es algo que ya pasó de moda...
Para recibir la Sagrada Eucaristía hacen falta tres condiciones: 1) estar en gracia de Dios; 2) saber a quién se va a recibir, acercándose a comulgar con devoción; 3) y guardar una hora de ayuno antes de comulgar.
Nos ocuparemos de la última para analizar si es realmente importante.
Qué dice la ley de la Iglesia
El Catecismo de la Iglesia Católica señala en el número 1387 la tercer condición para comulgar dignamente:
«Para prepararse convenientemente a recibir este sacramento, los fieles deben observar el ayuno prescrito por la Iglesia (cf CIC can. 919). Por la actitud corporal (gestos, vestido) se manifiesta el respeto, la solemnidad, el gozo de ese momento en que Cristo se hace nuestro huésped».
El Código de Derecho Canónico contiene la ley de la Iglesia de rito latino (hay otro Código para los de rito oriental). El canon al que remite el Catecismo dice:
«CIC 919 #1 Quien vaya a recibir la santísima Eucaristía, ha de abstenerse de tomar cualquier alimento y bebida al menos desde una hora antes de la sagrada comunión, a excepción de agua y de medicinas.
CIC 919 #3 Las personas de edad avanzada o enfermas, y asimismo quienes las cuidan, pueden recibir la santísima Eucaristía aunque hayan tomado algo en la hora inmediatamente anterior.»
No es sólo un consejo, es mucho más. Es una disposición jurídica: “deben observar el ayuno” y “ha de abstenerse de cualquier alimento” son expresiones de obligatoriedad que prescriben que no se debe comulgar sin cumplir esta condición.
¿Pasado de moda?
Algunos piensan que la necesidad de una hora de ayuno antes de comulgar “no corre más”. Dicen que “eso era antes”, como si ya no estuviera vigente en la Iglesia. Lo ven como algo de la época de nuestras abuelas…
Sólo querría recordarles que el Código de Derecho Canónico del que hablamos no es el viejo de 1917, sino el sancionado en 1983. Y el Catecismo de la Iglesia publicado en 1992. Y que están ambos vigentes en la Iglesia. El último documento que habla del ayuno eucarístico es el Instrumentum laboris del Sínodo sobre la Eucaristía (octubre de 2005). Es decir, que la actualidad del precepto está fuera de toda duda.
¿Caben excepciones?
La ley meramente eclesiástica –ley humana de la Iglesia– no obliga cuando hay una dificultad grave. En este tema, no parece fácil imaginar un caso así, fuera de la situación de enfermedad expresamente prevista en el canon citado.
Una pregunta frecuente
No es raro oír esta pregunta: “¿cuántos minutos tiene la hora de ayuno antes de comulgar?” O, “si me faltan cinco minutos, ¿puedo comulgar?” Primero, lo obvio: en principio las horas son de 60 minutos.
Además el texto de la ley, no dice escuetamente una hora, como si pudiéramos comenzar a regatearle algunos minutos, sino “al menos una hora antes”, es decir, que apunta a que sea más de una hora. No exige que sea una hora, sino que señala un límite inferior.
No olvidemos que hasta tiempos de Pío XII el ayuno regía desde el día anterior. Por esto no había entonces Misas vespertinas. En la década del 50 del siglo pasado, dicho Papa redujo el ayuno a tres horas; y, después del Concilio Vaticano II, se pasó a una hora.
Sentido del ayuno
La Iglesia no pretende limitar la Comunión –que sean menos los fieles que comulgan– sino velar por el respeto y la veneración a tan gran sacramento porque recibimos al mismo Cristo.
En el Instrumentum laboris del XI Sínodo sobre la Eucaristía (octubre de 2005), se señala que “Ha sido expresado el deseo de restituir en todos los lugares al ayuno eucarístico aquella rigurosa atención que todavía está en uso en las iglesias orientales.
En efecto, el ayuno, como dominio de sí, exige el concurso de la voluntad y lleva a purificar la mente y el corazón.
San Atanasio dice: «¿Quieres saber cuáles son los efectos del ayuno?... expulsa los demonios y libra de los malos pensamientos, alegra la mente y purifica el corazón».
En la liturgia cuaresmal se invita a menudo a la purificación del corazón mediante el ayuno y el silencio, como recomienda San Basilio. En alguna respuesta a los Lineamenta se pregunta acerca de la oportunidad de reconsiderar la obligación de las tres horas de ayuno eucarístico.”
¿Me voy a perder de comulgar por cinco minutos?
Sí, porque nadie te obligó a comer.
En realidad nadie te prohíbe comulgar. Sencillamente no te has preparado lo suficiente: te faltan unos minutos de preparación y por respeto a la Eucaristía, no querrás ser descortés con el Señor. Es precisamente el amor a la Eucaristía lo que te lleva a no comulgar.
Comunión y obediencia
Hoy no pocas personas incumplen este precepto de la Iglesia, escudándose en que comulgar es muy importante. Sí que lo es, pero más importante es la obediencia.
Te cuento el caso del Rey Saúl. Dios le encarga que después de derrotar a los amalecitas, destruyera todo lo de este pueblo. Después de la victoria, Dios envía a Samuel a recriminarle no haber cumplido su mandato. La conversación, si no fuera trágica, resultaría divertida.
Samuel le pregunta: ¿por qué no has cumplido lo que Dios te ordenó? Saúl comienza a responder que cumplió perfectamente... Samuel lo corta con una ironía: ¿Qué es entonces ese mugir de vacas, ese balar de ovejas, etc., que escucho? A lo que el rey intenta justificar, diciendo que reservó lo mejor del ganado para sacrificarlo en honor de Dios. Aparentemente, un loable proyecto.
Respuesta de Dios a través de Samuel: “Vale más la obediencia que las víctimas”. De hecho, por esta desobediencia Dios rechazó a Saúl como rey, y eligió a David para que lo sustituya. Una desobediencia que tenía aparentemente una buena excusa, una desobediencia con una aparente buena intención: “prefiero la obediencia al sacrificio”.
Es mejor no comulgar obedeciendo a la Iglesia que comulgar desobedeciendo
Es imposible que sea grato a Dios que comulguemos desobedeciendo. Seguro, sin lugar a la menor duda, es más grato a Dios que no comulgues si te falta el tiempo de ayuno como expresión de respeto y obediencia, que comulgar por capricho yendo en contra de la ley de la Esposa de Cristo: ¿te acordáis del "todo lo que ates en la tierra será atado en el cielo"?
Conclusión: tiene más mérito delante de Dios (es decir, es más valioso) el acto de obediencia consistente en dejar de comulgar para obedecer a la Iglesia, que comulgar desobedeciendo (si es que esto tuviera algún mérito y no fuera una falta...).
¿Se puede dispensar?
Algunos fieles pretenden que el sacerdote, les autorice a Comulgar sin el debido tiempo de ayuno. Debemos decir que no corresponde, ya que el sacerdote no tiene potestad para dispensar de una ley eclesiástica: no puede hacerlo, y, si lo hiciera, el permiso sería nulo (como si yo te diera permiso para casarte siendo menor de edad: no tengo este poder; si diera el permiso, sería falso, inválido, nulo).
Motivos pastorales y prácticos
Además de los motivos jurídicos, morales y de méritos para no comulgar sin el ayuno correspondiente, también hay un motivo práctico: quien deja de comulgar por que "no le dio el tiempo", calculará mejor la próxima vez y se preparará con más delicadeza a comulgar. No le sucederá más, ya que estará más atento.
Quien comulga sin el tiempo debido, cada vez será más laxo en su cálculo… e irá estirando el tiempo… Y vivirá en el "filo de la navaja".
La Eucaristía merece respeto.
Hemos de hacer bien las cosas buenas. No ser chantas para hacer el bien. Alguno podría pensar “da igual”, “cómo te vas a hacer problema por unos minutitos?”, “no seas exagerado”. No, no da igual. Es respeto. Es delicadeza.
Muestra cuanto valoras el Sacramento. Comulgar no es cualquier cosa. Es lo más grande que podemos hacer en esta vida.
La liturgia hace rezar al sacerdote antes de recibir la Comunión en la Santa Misa una oración con un pedido singular: que esa Comunión “no sea para mí motivo de juicio y condenación”. Por algo lo pide, y el que lo pide es el sacerdote, y lo pide para sí mismo.
Si no comulgas un día por no llegar al ayuno mínimo requerido de una hora, no pasa nada. No es pecado, no es una falta de respeto, no es una falta de interés. No es obligación comulgar y, por lo mismo, no es falta no hacerlo.
Si tenéis tantas ganas de comulgar, ofrece a Dios el no poder hacerlo; has una Comunión espiritual. Y cumplí con lo que está mandado para custodiar la dignidad de este sacramento.
Es absurdo cometer un pecado por comulgar sin las debidas disposiciones, sin ninguna necesidad de hacerlo
Déjame que lo repita: dejar de comulgar no es pecado.
Desobedecer la ley eclesiástica sí lo es. Obedecer la ley de la Iglesia es meritorio. Cometer un pecado intentando hacer algo bueno es totalmente ridículo.