14. El Dogma De La Inmaculada Concepción En Las Sagradas Escrituras

Autor:  Alex Grandet | Fuente: Catholic.net 

El Dogma de la Inmaculada Concepción se encuentra contenido realmente en las Escrituras y el Espíritu Santo ha sido quien lo ha clarificado a la Iglesia para conocimiento de toda la humanidad.

Dios tenía a María como parte de su plan salvífico desde el principio: Y pondré enemistad entre ti y la mujer, y entre tu simiente y la simiente suya... (Gn 3,15).

No es por casualidad que Jesús llama a María "mujer", la nueva Eva- en la cruz- porque allí venció a Satanás. (También Pablo utiliza la palabra "mujer" en Gá 4,4). Jesús la exalta como la Nueva Eva: la mujer. 

Existen muchos malentendidos sobre la doctrina. El Papa Pío IX, en 1854, proclamó la fe de la Iglesia: que María, desde el momento de su concepción, por un don gratuito de Dios y por los méritos de Jesucristo, fue preservada de toda mancha del pecado original. Esta doctrina incluye que María nunca desobedeció a Dios en toda su vida. 

Los protestantes dicen que sólo Dios no tiene pecado, y entonces que María es pecadora. Prueba de esto es que ella misma llamó a Jesús Salvador (Lc 1, 47). Además, dicen ellos, Pablo escribió que no hay ningún justo, nadie busca a Dios,... todos pecaron (Ro 3, 10-12 y 23).

Pablo citó al rey David. Si llevamos lejos el argumento de que nadie es justo llegamos hasta el extremo del absurdo porque la Biblia dice que Elizabeth y Zacarías eran justos (Lc 1, 6 y 2, 5), y mientras Pablo dice "nadie busca a Dios", Cornelio sí lo buscaba (Hch 10, 3-5).

Adán y Eva eran justos antes de pecar. ¿No son justos los ángeles y santos en el cielo? ¿No es Jesús justo? ¿Como puede Santiago decir en 5, 15:La oración eficaz del justo puede mucho si no hay justos? 

La palabra griega para "todos" no necesariamente indica universalidad absoluta. En Romanos 5, 12 Pablo dice que la muerte pasó a todos, pero sabemos que Enoc y Elías no murieron. (Ver "todo" en Hch 1,1, y Mc 16, 20).

Hay tres argumentos bíblicos que muestran este dogma:

1- La Santidad absoluta de Dios.
2- Las figuras del Antiguo Testamento referidas a María.
3- El saludo del ángel Gabriel, el día de la Anunciación.

Paso a explicarme:

1- La Santidad absoluta de Dios


En Éxodo 3, 5 leemos: “Yahvé dijo: Quita las sandalias de tus pies, que el lugar donde estás es tierra santa”.

Según el Éxodo, el lugar donde Dios habla y se manifiesta es un lugar santo, y lo más revelador, no puede ser tocado por nada profano. Moisés no podía mezclar el polvo de la tierra profana con el polvo del lugar donde Dios estaba hablando....por que la presencia de Dios santifica.

Cristo es Dios, y su presencia también santifica, entonces, ¿Cómo iba a mezclarse el pecado en el vientre que había contenido la carne del Dios Unigénito?? Según el Éxodo, eso no podía ser, por que lo que Dios toca directamente, es para Él.

Números 4, 15: ”Cuando Aarón y sus hijos hayan acabo de cubrir el santuario y sus utensilios todos y se levante en campamento, vendrán los hijos de Caat para llevarlos, pero sin tocar las cosas santas” no sea que mueran.

Dios mismo prohíbe que manos no consagradas toquen los utensilios que servían para su culto, ya que solo debían ser tocados por los sacerdotes... ¿Cómo iba a permitir Dios que el vientre que había sido tocado por el Sumo y Eterno Sacerdote Jesús fuera tocado por Satanás?

1 Samuel 5, 1 y siguiente El texto es muy largo, pero en resumen: Los filisteos capturan el arca de la alianza y la ponen delante de Dagón, pero dagón cae de su altar ante el arca, y los filisteos son castigados con plagas.

Veamos algo: Si el Arca del alianza que contenía el maná, las tablas de la Ley y la vara de Aarón ( las tres son figuras de Cristo no toleraba estar cerca de profanos y pecadores...¿Cómo el vientre de María que contuvo a Cristo, pan bajado del cielo, Jesús Palabra del Padre, Jesús Sumo y Eterno Sacerdote, iba a estar en contacto con el pecado

Recordemos que el Antiguo Testamento es solo el anuncio y el Nuevo es el cumplimiento y su plenitud. Por lo tanto, la santidad de Dios se nos revela más plena en el Nuevo, con la Encarnación de Cristo.

En Lucas 19, 45-48 leemos que Jesús expulsó a los mercaderes del Templo...por que el Templo es la casa de oración. En el Nuevo Pacto, el Templo es Jesús mismo:

Juan 2, 19-21 “Destruid este templo que en tres días lo levantaré...pero Él habla del Templo de su cuerpo”

Si Jesús expulsó a hombres pecadores del Templo del Antiguo Testamento, por ser éste sagrado...¿Cómo es posible que el pecado habitara en el mismo lugar en que estuvo el Sagrado y definitivo Templo de Dios, que es Cristo???

Mateo 9, 20-23: “Entonces una mujer que padecía flujo de sangre hacía doce años, se acercó por detrás y le tocó la orla del vestido, diciendo para sí misma: Con solo que toque su vestido quedaré sana...”

Mateo 14, 36: ”Suplicándole que les dejase tocar siquiera la orla de su vestido, y todos los que le tocaba quedaban sanos”

He aquí un hecho: Los vestidos de Jesús, estaban “santificados”, ¿Qué de aquel vestido que durante 9 meses albergó al Dios Eterno? 

2- Las figuras marianas en el Antiguo Testamento. 


Principalmente tres: 

a. Eva

María está prefigurada en Eva, la madre de nuestra raza. (Hay que recodar que los tipos son solamente sombras de los antitipos del Nuevo Testamento). María es nuestra madre por ser la madre de la Iglesia cuerpo de Cristo (Ap 12, 17). Lo que Eva perdió por desobedecer, María lo corrigió por su fe: He aquí la sierva del Señor; hágase conmigo conforme a tu palabra (Lc 1, 38).

Mientras la serpiente venció a Eva (Gn 3, 13), Dios protegió a María de su mordedura: Y cuando vio el dragón que había sido arrojado a la tierra, persiguió a la mujer que había dado a luz al hijo varón. Y se le dieron a la mujer las dos alas de la gran águila, para que volase de delante de la serpiente al desierto… (Ap 12, 13-16). 

b. La enemistad entre la Mujer y su simiente y la Serpiente


Vemos en Génesis algo muy importante: dice la simiente suya (la simiente de la mujer) (3, 15), y la palabra griega en la versión de la Setenta es SEMENOS (semen en castellano). Entonces, ya que una mujer no tiene semen, la única mujer a quien se podría referir es a María, cuyo hijo fue concebido sin hombre, porque las demás personas nacen de mujer y hombre, de quien viene el semen.

Génesis nos dice que existiría entre la mujer y la serpiente una enemistad completa y que la mujer iba a herir a la serpiente: Y pondré enemistad entre ti y la mujer, y entre tu simiente y la simiente suya. [ Esta mujer (María prefigurada) está en enemistad total con el diablo. No existiría tal enemistad total si María hubiese pecado como pecó Eva. No son socios. La serpiente es fuente de todo pecado y maldad. Al fin y al cabo es Dios quien hace que María no peque: YO PONDRÉ enemistad entre tú y la mujer (Gn 3, 15). 

c. Tabernáculo y Arca de la Alianza


También María es el Nuevo Tabernáculo. El primer tabernáculo fue detalladamente construido según Éxodo 25, 9 y 39, 42-43 para ser perfecto y sin mancha (2 Cr 7, 2). Esto prefigura a María. La gloria de Dios cubrió y llenó el primer tabernáculo (Ex 40, 34-38). Comparar esto con las palabras de Gabriel en Lucas 1, 35 donde María está cubierta con esta gloria, sobre ella bajó la gloria del Espíritu Santo.

Hay un paralelismo entre Lc 1, 35 y Ex 40, 34-35. La fuerza del paralelismo está aquí: Como la nube que envuelve la tienda de la reunión significa que el interior de la morada está lleno de la gloria del Señor, así el poder del Espíritu que desciende y cubre con su sombra a María hace que su seno quede lleno de la presencia de un ser que será Santo e Hijo de Dios. La punta de los paralelos señalados está en la equivalencia entre "la gloria del Señor" por una parte y los apelativos Santo e Hijo de Dios por otra. El niño que deberá nacer de María será de naturaleza divina.

María fue prefigurada como el tabernáculo perfectamente construido sin mancha. La traducción de los Setenta (LXX) utiliza la misma palabra y habla de la misma manera de María (el poder del Altísimo la llena en Lc 1, 35) como lo que pasó con el tabernáculo (Ex 40, 34-35). 

Es claro también que Lucas quiere que veamos a María como otra arca de la alianza también construida perfectamente. Comparar también segunda de Samuel (6, 9), vemos que David dice algo semejante a lo que dice Elizabeth a María (en Lc 1, 43): ¿Cómo ha de venir a mí el arca de Yahvé?; David salta frente al arca (2 S 6, 14) como saltó de alegría Juan el Bautista frente a María (Lc 1, 44) la Nueva Arca de la Nueva Alianza que contiene a Jesús el verdadero pan de cielo (el primer arca contenía el maná).

Y no es por casualidad que del arca se dice que estuvo en casa de Obed-edom geteo tres meses (2 S 6, 11), igual que se dice de María: Y se quedó María con ella como tres meses (Lc 1, 56). Así se encuentra este enlace entre el arca construida perfectamente y María en el libro del Apocalipsis: Y el tempo de Dios fue abierto en el cielo, y el arca de su pacto se veía en el templo. Y hubo relámpagos, voces, truenos, un terremoto y grande granizo Apareció en el cielo UNA GRAN SEÑAL: una mujer vestida del sol... (Ap 11, 19-12,1). 

3- El saludo del ángel Gabriel, el día de la Anunciación


La palabra “kecharitomene" del ángel da muchas pruebas de la Inmaculada Concepción de María. Yo no tocaré esa palabra. Haré uso de otra palabra del ángel el día de la Anunciación, y que en cierta medida encierra este dogma.

El ángel Gabriel le dice a María:

“Jaire kecharitomene", “Alégrate, llena de gracia”.

Jaire, que significa alégrate, es la forma como Dios quiso que se saludara a María, y no por un simple formalismo ni por etiqueta, sino por que Dios quiere demostrarnos algo: María es la Hija de Sión profetizada siglos antes por tres santos profetas: Sofonías, Joel y Zacarías.

Joel 2, 21. 27: “Suelo, no temas; alégrate y gózate, porque el SEÑOR hizo grandes cosas... Y conoceréis que en medio de Israel estoy yo, y que yo soy el SEÑOR vuestro Dios, y no hay otro; y mi pueblo nunca jamás será avergonzado”. 

En la profecía de Joel, dios habla al “suelo” y le invita a la alegría. ¿Qué significa este suelo? Si examinamos otros textos de las Escrituras, el suelo es fertilidad, quien da vida. Pero hay tres textos donde el “suelo” evoca a María: 

Génesis 2,7: “Modeló Yahvé Dios al hombre de la arcilla...”

Dios ha tomado tierra del suelo y con ella creo a Adán. Dios tomó carne de María, y con ella llegó a existir Cristo, el Nuevo Adán.

Génesis 22, 13: Subió Abraham con Isaac al monte de Moriah para sacrificarlo....Dios impide que lo sacrifique y luego...”Alzó Abraham los ojos, y vio tras sí a un carnero enredado por los cuernos en la espesura, y tomó el carnero y lo ofreció en sacrificio en ve de su hijo”.

En el texto anterior, el carnero es la figura de Cristo, quien es ofrecido en sacrificio sustituto por nuestros pecados, y así como el carnero salvó a Isaac de morir, así el Nuevo Carnero nos salva de la muerte eterna. Pero hay un detalle que debemos tomar en consideración. Al igual que con Melquisedec, de ese carnero no se habla su origen.

Abraham no lo había visto antes, sino que repentinamente lo vió. El carnero, sin origen, es fruto de la tierra de Moriah, por lo que simboliza esta tierra también a María, la tierra que nos proporciona el Carnero de nuestra salvación.

Éxodo 3, 1-2: “Moisés, llegado al monte Horeb, se le apareció el ángel de Yahvé en llama de fuego de en medio de una zarza....”

El fuego y la voz que salen de la zarza, son también figuras de Cristo, Verbo del Padre y luz del mundo. Lo interesante es que la Voz y el Fuego, salen de la zaza que estaba plantada en el monte de Horeb, así como el Verbo y la Luz del mundo salieron de la Virgen María.

Volviendo al profeta Joel, vemos que cando dice “Suelo, alégrate”, es una evocación directa a María, que en otras partes de la Escritura es prefigurada como “monte, suelo, tierra”, que nos produce a Cristo. 

Joel 2, 21. 27: “Suelo, no temas; alégrate y gózate, porque el SEÑOR hizo grandes cosas... Y conoceréis que en medio de Israel estoy yo, y que yo soy el SEÑOR vuestro Dios, y no hay otro; y mi pueblo nunca jamás será avergonzado”.

Comprueban que esa profecía se refiere a María, el hecho que la Virgen admite que en ella se cumplen esas profecías:

Lucas 1, 49: “Por que ha hecho maravillas en mí el Poderoso, cuyo nombre es Santo”.

Entonces vemos que Joel profetiza al “suelo” que se alegre, por que el Señor hizo Maravillas.

En el Nuevo Testamento el ángel le dice a María que se alegre, y María nos muestra la causa de esa alegría: El Poderoso ha obrado en ellas maravillas. 

No hay duda que Joel se está refiriendo a María en esta profecía.

Y aquí viene lo revelador de esta profecía con el dogma de la Inmaculada Concepción: “Y conoceréis que en medio de Israel estoy yo, y que yo soy el SEÑOR vuestro Dios, y no hay otro; y mi pueblo nunca jamás será avergonzado””.

Claramente se profetiza que si Dios está en medio de “Israel”, éste no será avergonzado.

El Espíritu santo llenó a María, y Cristo se hace en carne en su vientre. Dios habita en medio de María, y poniendo atención a las palabras de Joel, María no podía ser avergonzada, por lo tanto, María no puede tener pecado.

Salmo 44, 15: ”Cada día mi vergüenza está delante de mí, y me cubre la confusión de mi rostro”.

La misma Biblia relaciona la vergüenza con el pecado. Y Dios ha declarado por medio de Joel que si él habita en medio de alguien, no habrá vergüenza, por ende, no habrá pecado.

La Trinidad completa habitó en María, según las palabras de Joel, según la misma Biblia, ¿Tendrá entonces ella pecado?

Otro texto que evoca el “Jaire” de Gabriel es:

Zacarías 9, 9: “Alégrate mucho, hija de Sión; da voces de júbilo, hija de Jerusalén; he aquí, tu Rey vendrá a ti, Justo y Salvador”

Pero un texto donde la Inmaculada Concepción aparece claro, es el de Sofonías:

Sofonías 3, 14-17: “Canta, oh hija de Sión; da voces de júbilo, oh Israel; gózate y regocíjate de todo corazón, oh hija de Jerusalén. El Señor ha revocado los decretos en tu contra, echó fuera tu enemigo; El Señor es Rey de Israel en medio de ti; nunca más verás el mal. En aquel tiempo se dirá a Jerusalén: No temas; Sión, no se debiliten tus manos. El Señor está en medio de ti, poderoso, él salvará; se gozará sobre ti con alegría, callará de amor, se regocijará sobre ti con cantar”.

Otro texto completamente mariano. 

Al igual que con los otros textos y con Lucas, se invita a la hija de Sión a alegrarse.

Al igual que con Joel, se declara que el Señor está en medio de la hija de Jerusalén. No olvidar que el ángel Gabriel también lo declaró al decirle: “El Señor está contigo”.

Vemos que el Ave María ya había sido dicho por Joel y por Sofonías mucho antes que por Gabriel: Alégrate, que el Señor está contigo”.

Lo importante en este texto son las otras palabras de Sofonías:

“El Señor ha revocado los decretos en tu contra, echó fuera tu enemigo”

El texto anterior es una prueba irrefutable contra la Inmaculada Concepción:

La que es invitada a alegrase, por que en medio de ella está Yahvé Dios, resulta que tiene otro motivo de alegría: El Señor ha retirado contra ella sus decretos. El decreto del pecado y la muerte, dado en Génesis a la humanidad, y también tiene otro motivo de alegría: Ha echado fuera a su enemigo, que también evoca la enemistad del Génesis, entre la Serpiente y la Mujer. Es en este texto donde se dice que el enemigo no ha tocado a al mujer. Por lo tanto, la Mujer, la hija de Sión no tiene los decretos dados en contra la humanidad, y tampoco ha sido tocada por el Enemigo.

Por lo tanto, la mujer que es invitada a alegrarse por que el Señor habita en medio de ella, esinmaculada. 

13. La Práctica Canónica en las Apariciones Marianas

Autor: Catholic.net

Autor: Mario Castellano, O.P. | Fuente: Enciclopedia Mariana “Theotòcos”

La actitud de la Iglesia ante las apariciones Marianas.

Por divina institución y según la misma legislación de la Iglesia, los obispos son verdaderos maestros de la fe y verdaderos pastores, que no sólo han de guiar la grey a ellos confiada hacia los sanos pastos de la fe, sino también deben vigilar para que no se infiltren errores o abusos en la devoción de los fieles y en las prácticas de piedad (1)

Respecto a las apariciones en general y a las apariciones marianas en especial, no hay prescripciones explícitas en el Código de Derecho Canónico que digan cómo deban comportarse los obispos en tales circunstancias, cómo deban proceder en el examen de los pretendidos hechos milagrosos. Todo esto está actualmente regulado por una práctica más o menos conocida, pero perfectamente delimitada y que encuentra dos de sus más documentados y muy conocidos ejemplos en los procesos canónicos para las apariciones de Lourdes y de Fátima.

El canonista, naturalmente, presupone lo que es del dominio de la Teología Dogmática y de la Teología Mística: posibilidad de las apariciones o visiones marianas, su forma o tipo, discernibilidad, etc. Así, por ejemplo, es de suma importancia cuanto afirma Poulain respecto a los videntes que no han alcanzado todavía un alto grado de santidad, a saber, que “podemos admitir sin imprudencia que por lo menos las tres cuartas partes de sus revelaciones son ilusiones” (2); él hace incluso un catálogo, con unos 32 casos, de personas canonizadas o muertas con fama de santidad, caídas en error

(1) Cfr. Can. 1.326; 336, 2; 1.261, 1, etc.
(2) A. Poulain, S.J., Des gràces d’oraison, 11.a ed., Parìs, 1931. Vèase tambièn : G. Colombo, Apparizione e messagi divini nella vita cristiana, en “ La Scuola Cattolica “, 76 (1948), 270; Santo Tomàs, 2-2, q. 171, a. 5: “…non plene discernere possit, utrum haec cogitaverit aliquo divino instinctu, vel per spiritum proprium.”


en las apariciones que creían haber visto y en los mensajes celestiales que creían haber recibido.

El canonista necesita, además, de la ayuda de la ciencia médica, porque numerosísimas son las formas sicopáticas (histerismo, etc.) en las cuales el sujeto, presa de exaltación religiosa, confunde, de buena fe, sus alucinaciones o visiones con apariciones celestiales.

Finalmente, no hay que excluir el truco, la ficción, la mala fe; por ambición, ligereza y a veces por lucro, se llega hasta a fingir visiones, apariciones, éxtasis, voces misteriosas.

LA ACTITUD DE LA IGLESIA

La práctica canónica sobre las visiones y apariciones marianas se atiene especialmente a lo que es la actitud tradicional de la Iglesia en la materia.

La Iglesia enseña, ante todo, que la Revelación oficial pública se cerró con la muerte del último de los Apóstoles y que el depósito a ella confiada contiene todo lo que es necesario creer y practicar en orden a la salvación eterna.

Sin embargo, la Iglesia no niega la posibilidad de revelaciones privadas (apariciones, visiones, mensajes) de Dios y de los santos y en particular de Nuestra Señora. En el pasado, frente a tales hechos, se ha mantenido muchas veces en completa indiferencia; muchas veces ha intervenido para desaprobar neta y enérgicamente (3); en ciertos casos, aun no dando ninguna garantía explícita sobre el origen divino de las apariciones y de las visiones, ha mostrado de alguna manera que aquellas revelaciones o apariciones eran tenidas por ella en gran estima (4); finalmente, muy pocas veces ha dado una explícita aprobación a las revelaciones o apariciones, cuyo valor explicaremos más adelante.

La Iglesia reivindica para sí misma, exclusivamente, la autoridad y el poder para dar un juicio auténtico sobre las visiones o apariciones, para aprobarlas o condenarlas: tal poder está implícito en su misión, y ella no sería maestra de verdad, si no defendiese la verdadera revelación y la verdadera devoción contra las falsas apariciones y revelaciones (5).

Por tanto, puesto que se trata de revelaciones o apariciones que no son absolutamente necesarias, pero que a lo más son solamente útiles al pueblo cristiano en las diversas contingencias históricas, la Iglesia no tiene jamás prisa por juzgarlas, y como sabe por experiencia que tales apariciones y revelaciones no son frecuentes; que la mayor parte de las veces no son auténticas, y que, en todo caso, es más bien difícil juzgar de su autenticidad, a causa de 

(3) Un ejemplo recientísimo es el Aviso o Moniciòn del S. Oficio de 28 enero 1954 (AAS 1.954, 64), en el cual se afirma que nullo modo constat del origen sobrenatural de las promesas que se dicen hechas por Dios a Santa Brígida.

(4) Colombo, op, cit., pp. 267-268. Vèase tambièn M. J. Congar, O.P., La credibilitè des revelations privees, en Supplèment à la « Vie spirituelle », 1 octubre 1937, 44-48.

(5) Cfr. A. Oddone, S.J., Apparizione e visioni, en « La Civiltà Cattolica », 99 (1948), I, 4 febrero 1951, citado en « Monitor Ecclesisticus », 76 (1951), 193-196: “Por lo cual es un derecho y un deber del Magisterio de la Iglesia dar un juicio sobre la verdad y sobre la naturaleza de hechos o revelaciones que se dicen acontecidos por especial intervención divina. Es un deber de todos los hijos buenos de la Iglesia someterse a este juicio” (p. 193)

las múltiples ilusiones que pueden mezclarse en ellas, las examina con extrema circunspección y, si las circunstancias lo aconsejan, con desconfianza (6). Su prudencia no disminuye, incluso cuando el pueblo se ve arrebatado por un gran entusiasmo y, humanamente hablando, podría parecer oportuno secundar sus fervientes deseos.

La Iglesia, por consiguiente, “camina con paso lento entre los errores contrarios”, como afirma Santo Tomás (7); pero también está segura de poder llegar en todos los casos, pronto o tarde, a conocer la verdad, porque la sabiduría y bondad de Dios no puede permitir que el hombre se vea arrastrado invenciblemente al error y que su Iglesia pierda en su oficio de maestra. Todo consiste en aplicar con sabia prudencia los criterios de discernimiento de la intervención divina, tal y como nos los sugiere la Teología y la misma razón.

Los criterios o señales suficientes de la sobrenaturalidad de la aparición deben poner en condiciones de juzgar la realidad del prodigio y su origen o causa (8).

Ante todo, es necesario apurar la certeza histórica del hecho que constituye el objeto de la investigación en sí mismo, y en sus circunstancias. Muchas veces, efectivamente, ocurre que se buscan las razones de visiones o apariciones que de hecho no existen, y que se cree, con suma ligereza, por la simple afirmación de una niña o de varias niñas o niños.

Es necesario, por el contrario, controlar punto por punto lo que los pretendidos videntes afirman sobre las circunstancias de tiempo, de lugar, de personas, etc., y esto mediante testimonios oculares. Los testigos audiculares deben ser admitidos sólo para controlar y confrontar las diversas narraciones del mismo acontecimiento que se afirma prodigioso hechas por quien ha sido el privilegiado protagonista.

Es evidente que la aplicación metódica, severamente crítica, de este criterio puede por sí misma llevar a resultados concretos, tanto en sentido positivo como en sentido negativo, y la experiencia lo confirma.

Según, pues, la práctica de la Iglesia, enseñada por innumerables experiencias, no se debe pasar a ulteriores investigaciones hasta que haya quedado establecida, con certeza moral, la realidad del pretendido hecho prodigioso, al menos en su especie externa, a través de una minuciosa discusión de testigos no sospechosos, no interesados, maduros, ponderados, oculares o inmediatos, tales, en suma, que sean dignos de plena confianza. Ya amonestaba Ferraris: Examen debet esse rigidissimum quoad testes (9)

En la mayor parte de los casos, con una aplicación inteligente de este criterio, se llega a la conclusión cierta de que los pretendidos hechos no existen: son ilusiones, mixtificaciones o equívocos. En término técnico, suele decirse que las pretendidas apariciones están destituidas de todo fundamente. Algunas veces se utiliza también la fórmula: constat (facta, apparitiones, etcétera) non esse supernaturalia para excluir la sobrenaturalidad de los dichos fenómenos y dejar sin juzgar la cuestión de si se ha notado o no, algo

(6) Crf. Oddone, op. Cit., p. 370
(7) Opus. 3, Contra graecos, cap. IX
(8) A. Oddone, S.J., Criteri per discernere le vere visioni e le apparizioni soprannaturali, en “La Civiltà Cattolia”, 99 (1948), II, 364 ss.; J.H. Nicolas, O.P., La foi et les signes, en Supplèment de la « Vie spirituelle », 15 mayo 1953, p. 141 ss,
(9) Prompta Bibliotheca, « Miracula », n. 39

de verdad en lo que se afirmaba; pero es evidente que la fórmula precisa que hay que utilizar en los casos de ficción, mistificación, ilusión, es más bien la primera: Constat praetensas apparitiones quovis fundamento carere. De estas fórmulas hablaremos más adelante.


ASPECTOS QUE CONSIDERAR

Si, a través de testimonios plenamente probativos, se hace cierto el hecho de una aparición o visión, hay que pasar al examen de las verdaderas causas del mismo hecho, a saber, indagar si ha de atribuirse a las fuerzas de la Naturaleza, a la intervención del demonio, o a la acción benéfica de Dios. 

De estas tres hipótesis no podemos huir porque no es posible que se dé una cuarta; podemos, por consiguiente, concluir que el hecho es de carácter sobrenatural únicamente cuando se pueda excluir de manera absoluta que haya sido producido naturalmente o por intervención del demonio.

Para llegar a esto es necesario calibrar atentamente los diversos aspectos de la aparición o visión a la luz de la siguiente regla general: “se debe considerar como absolutamente falsa toda aparición o visión que se halle en oposición evidente con las verdades especulativas de la fe, que ofenda a la moral o a la disciplina de la Iglesia, que contenga cualquiera afirmación teórica o práctica contra la razón, que vaya abiertamente contra el buen sentido natural y cristiano” (10)

Los diversos aspectos a considerar, según las sugerencias hechas por Benedicto XIV, que sigue siendo el autor clásico en la materia (11), son los siguientes:

1) La persona del vidente
2) El contenido de la visión o aparición
3) La naturaleza o forma de la visión o aparición
4) La finalidad de la visión o aparición

La persona del vidente

Ante todo se puede deducir si una aparición es sobrenatural o no por un examen atento y prolongado de la persona del vidente o de los videntes, hecho desde un doble punto de vista: moral y psicofísico.

Desde el punto de vista moral, se deben considerar las virtudes de la persona o personas supuestas privilegiadas. Aun admitiendo que Nuestra Señora puede aparecer a pecadores y a santos, no parece admisible que Ella escoja como a portadores de sus “mensajes” a ciertos pecadores o a determinados espíritus rebeldes a la autoridad de la Iglesia, en los cuales no se haya producido –a consecuencia de la aparición- un radical cambio de vida.

De lo contrario, el embajador de María estaría falto de las credenciales que se le pueden exigir con toda justicia. Por otra parte, es conocido que los grandes privilegiados de Nuestra Señor han sido elevados muchas veces a la gloria de los altares.

Es necesario, por consiguiente, estar seguros de que el supuesto vidente es enemigo de todo pecado, incluso leve, y verdaderamente preocupado de su adelantamiento espiritual; si abraza con fervor y afecto todo lo que pertenece al servicio de Dios, si huye ponerse a la vista de todos, hablar de sì mismo, sacar provechos materiales de las supuestas apariciones; si ama el sacrificio, la mortificación y el desapego de las cosas del mundo; si, sobre todo, se muestra 

(10) Oddone, Crieri, p. 366
(11) De beatif. Et canoniz. SS., lib. III, cap. 51, n. 3; cfr. Santo Tomàs, De veritate, q. 2, a. 2

humilde, sometido, obediente. La humildad sincera y profunda, la obediencia plena y total a la Iglesia, son la gran piedra de toque de las virtudes de los videntes. Lo cual no significa que, por obsequio a las autoridades eclesiásticas investigadoras deban decir que la aparición no ha existido o que la mujer que han visto no era María Santísima; por el contrario será indicio de verdadera aparición la firme constancia con que, incluso ante presiones y ante las más severas amonestaciones permanezcan firmes en sus afirmaciones; pero su firmeza será humilde y serena, jamás proterva o injuriosa hacia la Iglesia.

Se puede estar totalmente cierto de que no se trata de apariciones sobrenaturales cuando los pretendidos videntes se muestran impacientes, orgullosos, testarudos, desobedientes a la autoridad eclesiástica, cuando buscan el aplauso y la admiración; cuando no se sienten movidos a la mortificación y el sacrificio, y aman, en cambio, la vida cómoda y las mundanidades; cuando tiene tendencia a alejarse de los caminos trillados y manifiestan cierta ansia de extraordinario y aman divulgar las comunicaciones que ha tenido; cuando procuran sacar ventajas económicas de las pretendidas apariciones. 

No raras veces sucede, además, que los supuestos videntes aparecen destituidos de toda virtud, y especialmente de humildad y obediencia; pero no hemos de contentarnos con las apariencias y con manifestaciones cortas: es necesario estar seguros de que se trata de virtudes reales y no aparentes, por medio de un examen agudo y prolongado. No son, como hemos dicho, raros los casos de impostura, de ilusión o de alucinación; pero también es cierto que el falsamente virtuoso pronto o tarde se traiciona.

Esto es tanto más verdad cuanto que no son pocos los videntes de buena fe que consideran como apariciones marianas lo que no son más que ilusiones o alucinaciones suyas, productos de un estado morboso. Por esto hemos dicho que los sujetos deben ser cuidadosamente examinados, incluso desde el punto de vista médico, a saber, psicofísico.

Cualquier indicio de temperamento morboso o anormal, de sensibilidad demasiado acentuada o de imaginación excesivamente via, de excesiva impresionabilidad y sugestionabilidad, de agudo sentimentalismo, deberá ser ponderado y valorado por médicos, peritos en la materia, y de evidente conciencia cristiana, para establecer el juicio que, desde el punto de vista patológico, deba darse del supuesto vidente. 

Basta a veces un indicio cierto de histerismo para encontrar la manera de desenmascarar las mixtificaciones o alucinaciones que se quieren hacer pasar como auténticas apariciones o revelaciones.

Desde este punto de vista, se presentan a veces casos dificilísimos de juzgar. Ciertos relatos, ciertas descripciones de apariciones son hechas con tal conmoción, con tan cuidadosa precisión de detalles de tiempo, de lugar y de toda clase de circunstancias, que nos vemos obligados a decir: “Es imposible que el fondo por lo menos no sea verdad”; y, en cambio, se trata de hechos inventados totalmente o de exageraciones de hechos en si mismos insignificantes.

El contenido de la aparición

El contenido y objeto de la visión o aparición debe ser atentamente valorado a la luz del principio general antes afirmado y, por consiguiente, se debe considerar como falso lo que contradice a la razón; falso y malvado todo lo que contradice a la moral; falso, malvado e impío todo lo que contradice a las verdades reveladas (12).

En otros términos, cuando las visiones o apariciones contienen cosas contrarias a la Sagrada Escritura, a las verdades definidas por la Iglesia, a la enseñanza unánime de los Padres y Doctores de la Iglesia; o cuando contienen actos inmorales o indecentes; e incluso solamente ridículos e indignos de Dios, nos podemos dispensar de cualquier examen ulterior: se trata de una intervención diabólica o de fenómenos patológicos o de torpes mixtificaciones.

“Cuando, por ejemplo, se sabe que la Santísima Virgen ha animado a los videntes y a sus seguidores a desafiar las censuras eclesiásticas que les han sido fulminadas y los ha consolado del sufrimiento de verse privados por su gloria de los sacramentos, no hay que seguir más el examen, al menos que no nos interesemos, como psicólogos, por los epifenómenos del sentimiento religioso” (13).

Las apariciones, además, que contienen afirmaciones nuevas y singulares, como también las que contienen cosas curiosas e inútiles, se deben considerar por lo menos como dudosas y sospechosas; porque no hay nada que añadir al depósito de la revelación, ni podemos admitir que Dios haga un milagro sin alguna razón suficiente. Sin embargo, no conviene rechazar sin más las apariciones y visiones que tienen un contenido que sabe a novedad, por este solo motivo: porque puede ocurrir que, por medio de ellas, Dios quiera llamar la atención sobre verdades ya reveladas, pero poco vivas en la piedad 

(12) Asì, Oddone, Criteri, p. 370. En estas páginas utilizamos especialmente este magnìfico ensayo. Léase también Nicolas, op, cit., 149-144.
(13) Nicolas op, cit., 144.

de los fieles, como sucede por ejemplo, en la devoción al Sagrado Corazón, revelada a Santa Margarita Alacoque; puede ocurrir también que, por medio de apariciones, que a nosotros nos parecen inútiles, quiere Dios realizar designios providenciales que escapan a nuestra corta inteligencia. También los mensajes y los secretos marianos que son confiados a los videntes se deben examinar a la luz de estos principios (14).

La forma de la aparición

La forma y la naturaleza de los fenómenos que se dicen sobrenaturales deben también servir como criterio para valorar los mismos fenómenos, teniendo presente que las obras de Dios son siempre perfectas. Si Nuestra Señora aparece, ninguna deformidad física o moral es admisible en su aspecto, en su actitud, en sus movimientos; su visión es tranquila, firme y segura. Si además Ella revela los secretos del corazón, cuando es imposible que los penetre la inteligencia humana; si manifiesta una ciencia o un poder superior a todo agente creado (comprendido el demonio), entonces no puede caber duda alguna: es ciertamente la Madre de Dios.

La finalidad de la aparición

La finalidad, o sea los efectos de las apariciones o visiones, nos proporcionan un criterio de valoración que es muchas veces decisivo. Efectivamente, es evidente, que tales finalidades deben ser dignas de Dios y, por consiguiente, finalidades de bien y de santificación, tanto del vidente como de la colectividad de los fieles. Nuestra Señora no ha aparecido nunca sobre la tierra más que para dar gracias de salvación y de santidad a los afortunados privilegiados y a todos aquellos que escuchan sus maternales exhortaciones.

Ya hemos dicho que las apariciones o visones ciertamente inútiles, sin finalidad, o precisamente con una finalidad no buena, han de ser rechazadas sin más. Jesús mismo nos ha dado un criterio que podemos aplicar a los visionarios cuando dijo: “Los reconoceréis por sus frutos”. Si los efectos de una visión son malos, la visión no podrá ser buena, ni el demonio puede actuar par un bien real y absoluto: puede, acá y allá, proponerse una obra santa, disfrazándose de ángel de luz, pero, tarde o temprano, descubre su intento, que sustancialmente consiste en llevar alas almas a una obra mala. Por consiguiente, es necesario en todo caso examinar todos los efectos de una aparición o visión hasta los últimos, para descubrir la verdadera finalidad de quien se pretende haber aparecido al vidente.

Además de una finalidad de bien para la comunidad de los fieles, las verdaderas apariciones marianas, tienen otra, secundaria, pero constante, de santificación del vidente. Lourdes y Fátima son confirmación de ello. Escribe justamente a tal propósito el P. Oddone:

“No son, por tanto, divinas aquellas visiones y revelaciones que mueven a algo indecente, que fomenta el orgullo y la soberbia, que 

(14) Sobre los beneficios que pueden provenir para la Iglesia de las apariciones marianas, vèase Nicolas, op. cit., 158-162.

dejan al alma en agitación y en inquietud, que aumentan el deseo de tener visiones, que inducen al hombre a hablar muchas veces de sus visiones y a gloriarse de ellas con ostentación y facilidad. En cambio, han de considerarse como verdaderas y divinas aquellas visiones o apariciones que producen calma y tranquilidad del alma, que aumentan la fe y la caridad, que mueven a practicar todas las virtudes cristianas, especialmente la obediencia y la humildad. El efecto más seguro de la verdad de una revelación es la humildad, la cual jamás se produce en el caso de una ilusión imaginaria, ni mucho menos en el caso de una intervención diabólica.

Cuando consta verdaderamente que una visión es precedida, acompañada, seguida por sentimientos de verdadera humildad, de una humildad a toda prueba, la duda no tiene ningún fundamento razonable. La humildad, dicen los mejores autores, es el sello màs seguro, la piedra de toque por excelencia, para discernir todas las operaciones divinas (15)

Sin embargo, aun aplicando estos criterios en su conjunto, no siempre conseguimos excluir con absoluta certeza el peligro de engaño y de error. Se trata de una materia tan difícil e incierta que ya el cardenal Bona la llamaba Opus multa caligine, casuum varietate perplexum, et quibusdam quasi cavernosis anfractibus impeditum (16).

El mismo San Alfonso de Ligorio estimula a la mayor desconfianza y ponderación afirmando que “la mayor parte de las visiones y revelaciones particulares son falsas y engañosas”. Nosotros mismos daremos más adelante una impresionante estadística de fenómenos recientes.

Hay que tener presente que también los buenos, los humildes, los santos, pueden engañarse y tomar por apariciones, lo que no son más que alucinaciones suyas o ilusiones. Es necesario, por tanto, un criterio que supere toda incertidumbre, que manifieste a los fieles con evidencia la verdad de la aparición, que sea finalmente el dedo de Dios.

CRITERIO DECISIVO: EL MILAGRO

Este tercer criterio general es el más importante de todos, porque asegura de la manera más cierta el carácter sobrenatural de una aparición: el milagro. Mas para esto es absolutamente necesaria una condición, a saber, que el milagro tenga una conexión explícita o implícita, pero indudable, con la aparición. Únicamente si el milagro es hecho por Dios para probar la verdad de la aparición –directa o indirectamente- y no sólo para premiar la fe de alguien o por otros motivos, será señal apodíctica, el signum comprobationis con el cual se llega a la certeza del carácter sobrenatural de la misma aparición.

Dios, Verdad infinita e infinito Amor, si permite que su Madre aparezca en el mundo para el bien común de los fieles, no puede dejar de acompañar tal aparición con señales tan evidentes, que no pueda haber posibilidad de errores por parte de los fieles. Únicamente el milagro que sea verdaderamente tal y tenga relación evidente con la aparición de los criterios precedentes (17).

Pero el milagro no siempre acompaña a las apariciones marianas: únicamente cuando éstas tienen una finalidad social, cuando, por ejemplo, contienen mensajes o admoniciones para la comunidad de los fieles, deben estar comprobadas por el signum comprobationis; pero no cuando se trata de apariciones para confortar o consolar al vidente, como leemos en la vida de muchos santos.

(15) Oddone, Criteri, 374-375
(16) De discret. Spiritum, cap. I, n. 1
(17) Sobre la severa crítica que hemos de hacer sobre los prodigios que acompañan a las visiones y revelaciones públicas, véase Nicolas, op. cit. 144-147.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR

¿De qué manera deberá procederse para aplicar los diversos criterios y llegar a una decisión pública?

El modus procedendi, lo hemos ya dicho, está determinado por una práctica canónica que no ha encontrado sitio en la codificación de 1917. El Código se limita a decir que es el obispo del lugar, como maestro de la fe y pastor de la grey a él confiada, quien debe velar por la piedad de los fieles, y excluir toda falsa devoción (18). A él pertenece, por tanto, tomar las medidas cuando se trata de juzgar supuestas apariciones o visiones marianas en su diócesis, y no tiene que acudir al Santo Oficio para poderlo hacer. Si quiere, puede pedir al Santo Oficio instrucciones, puede remitir a él la cuestión, puede someter a él la aprobación, el juicio sobre las apariciones al cual haya él llegado; pero, de suyo, él puede investigar con su propia autoridad, es competente para juzgar y para tomar todas las medidas del caso (19).

Apenas el Ordinario del lugar se ha informado de una pretendida aparición o visión mariana, debe ante todo indagar si la cosa puede tener o no alguna consistencia. Muchas veces se trata de hechos tan estupidos o groseros, que no vale la pena de tomarlos en consideración: bastará entonces hacer avisar al párroco o a toro sacerdote designado que amoneste al pretendido vidente, para que desista de propagar sus pretendidas apariciones, y advertir prudentemente a los fieles –si se presenta el caso- para que no se dejen desviar. En suma, tomar las oportunas medidas para que las cosas vuelvan a quedarse tranquilas.

A veces puede ser también útil no hacer nada, mantener una actitud de absoluta indiferencia y dejar de esta manera que los hechos sn consistencia caigan poco a poco en el olvido. La indiferencia y el silencio de la autoridad eclesiástica consiguen muchas veces que el entusiasmo por la pretendida aparición se extinga rápidamente; mientras que procedimientos drásticos contra uno u otro de los más fervientes propagadores de la nueva devoción, propagarían tal vez insensatas reacciones o rebeliones, que acabarían manteniendo abierta una cuestión que de otra manera se hubiese ahogado.

(18) Can. 1.261, 1.
(19) La Suprema Sagrada Congregación del S. Oficio, de la cual es Prefecto el Sumo Pontífice en persona, tutatur doctrinam fidei et forum (can. 247. 1). Los Ordinarios de los lugares, en lugar de los antiguos inquisidores, son “miembros natos” del Santo Oficio.

Si las pretendidas apariciones revisten cierto carácter de seriedad y conmueven a gran número de fieles, el obispo tome las oportunas informaciones, y apenas lo considere oportuno pase a la constitución de una Comisión diocesana para examinar y juzgar los hechos. Contemporáneamente, debe tomar disposiciones para que no se permita en manera alguna el culto público en relación con las apariciones (construcción de capillas, oraciones litúrgicas, etc.) (20).

Ni que el clero les dé valor con intervenciones oficiales. A veces puede ser aconsejable prohibir al clero incluso que se acerque, aun en forma privada, al lugar de las supuestas apariciones.

La Comisión episcopal se compone ordinariamente de teólogos, canonistas y médicos; pueden agregarse a ella, en otros casos, peritos en otras ciencias. Es presidida por el mismo obispo o por un sacerdote, delegado por él, y debe establecer la manera de proceder a una cuidadosa investigación de los hechos, partiendo de las informaciones procuradas por el mismo obispo y regulándose por los criterios arriba expuestos.

Debe desarrollar esta Comisión un verdadero y estricto proceso canónico, usando también muchas solemnidades propias del proceso judicial o administrativo, como el juramento que han de prestar los miembros de la Comisión de munere fideliter implendo et de secreto servando, el juramento de cada uno de los testigos sobre decir la verdad (toda y solamente la verdad) y de guardar el secreto, la redacción por escrito de notario del proceso verbal de los interrogatorios y de las reuniones de la Comisión y su firma, etc. Especialmente de los cánones sobre las causas de beatificación de los siervos de Dios y canonización de los beatos (can. 1.999-2.141), se podrán sacar preciosas ayudas sobre el procedimiento a seguir.

Ordinariamente la Comisión interroga a testigos oculares, y a los mismos pretendidos videntes en sesiones colegiales, en las cuales todos los miembros pueden hacer preguntas; toma información sobre los videntes; va al lugar de las supuestas apariciones (21), etc.

Muchas veces es ordenado el retiro de los videntes a una casa religiosa, donde puedan ser continuamente observados y mantenidos lejos de la curiosidad morbosa del público y de la influencia de eventuales interesados. A veces se ha descubierto la anomalía psíquica o la mixtificación de los videntes poniendo a su lado a una persona de toda confianza e inteligente que los acompañe noche y dìa.

Si las apariciones continúan, la misma Comisión procure acudir a ellas y observar a los videntes durante los fenómenos. En el caso de pretendidos milagros o curaciones milagrosas, examina cuidadosamente los hechos para admitir su sobrenaturalidad y la conexión con las apariciones. El estudio de las curaciones consideradas milagrosas debe ser muy cuidadoso y confiarse a médicos especializados, no hostiles a la Iglesia, pero no demasiado fáciles para admitir la intervención divina.

Sobre los interrogatorios de los testigos, y especialmente de los pretendidos videntes, han de hacerse, si es posible de improviso, para evitar previos acuerdos. Se deben confrontar, durante la misma sesión, las contradicciones del interrogado consigo mismo y con los demás testigos; a los videntes se les deben oponer, además, todas 

(20) Crf. Can. 1.256 y cuanto hemos dicho sobre la distinción entre culto público y privado en el capítulo anterior. Mientras que la Autoridad eclesiástica no se pronuncia sobre las supuestas apariciones marianas, no està prohibido a los fieles el culto privado que se refiere a ellas.

(21) En general, no conviene que el obispo vaya personalmente al lugar de las apariciones, por lo menos hasta que la investigación no adquiera un matiz favorable. Efectivamente, la presencia del obispo-incluso privadamente- en el lugar de las supuestas apariciones les da un valor extraordinario a los ojos del público.

las posibles objeciones. Si los videntes son màs de uno se les convocará al mismo tiempo y se les interrogará separadamente, manteniéndolos a todos esperando en sitios distintos. Los interrogatorios el vidente o de los videntes deben casi siempre ser repetidos a distancia de tiempo y no raras veces ocurre que los falsarios acaban por confesar su ficción; mientras que sean sospechosos se debe insistir en los interrogatorios, haciéndolos cada vez más insistentes. La Comisión no debe tener prisa por terminar.

La decisión

La Comisión, cuando considere que tiene suficientes elementos para pronunciarse, discute colegialmente sobre los hechos y decide por mayoría de votos, sobre su carácter sobrenatural. El obispo puede también exigir de cada uno de los comisarios su voto escrito, que deberá en tal caso ser altamente motivado con datos teóricos y datos de hecho. El juicio de la Comisión puede ser aceptado o rechazado por el obispo, quien puede también, si tiene razones verdaderamente graves, publicar su sentencia disconforme de la propuesta de la Comisión. Pero ordinariamente el obispo publica la decisión de la Comisión, haciéndola suya, y tomando, al mismo tiempo, las medidas del caso.

Si el obispo, vista la decisión de la Comisión, considera oportuno remitir al Santo Oficio todas las actas del proceso, para un juicio màs seguro, puede libremente hacerlo. En tal caso, el Santo Oficio, o da instrucciones para una investigación complementaria o comunica su juicio al obispo, para que èl tome medidas, o publica èl miso su decisión, acompañándola de las oportunas providencias.

El juicio de la Comisión episcopal o del obispo (y análogamente el del Santo Oficio) pueden tener diversas formulaciones, según los casos. 

La formula de que los hechos están “privados de todo fundamento”, a sabe, que no son verdaderos, no se usa casi nunca, precisamente porque no se toman para examinar sino aquellas pretendidas apariciones que, por lo menos externamente, se presentan con algunos elementos de seriedad. 

La formula Constare apparitiones et revelaciones quovis supernaturali charactere penitus esse destitutas, o la formula equivalente, constare de non supernaturalitate apparitionum, excluyen que se trate de hechos sobrenaturales: está probado que no lo son.

En cambio la formula más común: Non constare de supernaturalitate apparitionum, afirma que, de la investigación hecha, las apariciones no resultan sobrenaturales: faltan los requisitos para poder decir que superan las fuerzas de la Naturaleza y, por consiguiente, no se pueden aprobar sino de una manera menos enérgica: la primera afirma positivamente que las apariciones no son sobrenaturales; la segunda niega que llegue a probar la sobrenaturalidad de los hechos.

Finalmente, la formula: Constare de supernaturalitate apparitionumes la formula de aprobación: por medio de ella, la autoridad eclesiástica reconoce que los hechos que se afirman haber ocurrido no se pueden explicar naturalmente; más aún: que hay señales que exigen la intervención de lo sobrenatural. 

Si después la Comisión episcopal (o Santo Oficio), con los elementos sacados de la investigación, no pudiese llegar a salir de la duda o dar un juicio en un sentido o en otro, deberá sobreseer la causa y continuar en el examen de los fenómenos, comunicando al público que la autoridad eclesiástica no se ha pronunciado todavía y que entre tanto hay que abstenerse de cualquier acto de culto público en orden a las llamadas apariciones. En la práctica, no es raro el caso de pretendidas apariciones marianas que siguen durante mucho tiempo, e incluso para siempre, sin decisión de la autoridad eclesiástica: el tiempo y el sensus fidei del pueblo cristiano hacen justicia por si misma.

Valor de la aprobación eclesiástica

Es importante subrayar –para prevenir equívocos- el valor y la trascendencia de la aprobación eclesiástica de una aparición mariana. Ya Benedicto XIV declaraba oportunamente: “Diximus praedictis revelationibus, etsi approbatis, non debere, nec posse a nobis adhiberi assensum fidei catholicae, sed tantum fidei humanae, iuxta regular prudetiae, iuxta queas praedictae revelaciones sunt probabiles et pie credibiles. Y en otra parte añade: Sequitur posse aligquem assensum revelationibus praedictis non praestare, et ab eis recedere, dummodo id fiat cum debita modestia, non sine ratione et citra contemptum (22).

La jurisprudencia constante de la Iglesia es igualmente de una perfecta claridad: Quamvis memorata appritio a Sede Apostolica approbata non sit attamen nec fuit ab eadem reprobata vel damnata, sed potius permissa tamquan pie credenda dife tamen gunana, iuxta piam, uti perhibent, traditionem, etiam idoneis testimoniis ac monumentos confirmatam…

Así dice una respuesta de la Sagrada Congregación de Ritos de 6 febrero de 1875 al arzobispo de Santiago de Chile (23). La misma formula la encontramos reproducida en la respuesta dada el 12 de mayo de 1877 por la Sagrada Congregación de Ritos a tres obispos, que preguntaban si la Santa Sede había aprobado las apariciones de Lourdes y de La Salette (24).

Es, por tanto, evidente que la aprobación de la Iglesia no es propiamente tal: significa que se puede creer con fe únicamente humana en las apariciones en cuanto que en ellas no aparece nada contra la fe y las costumbres y consta que son debidas a causas sobrenaturales. Naturalmente, la Iglesia puede avanzar todavía más; por ejemplo, admitir que se constituya una fiesta litúrgica referida a una determinada aparición, que se dedique a Nuestra Señora de la aparición iglesias o capillas, etc. (26). Ordinariamente, cuando el 

(22) De serv. Dei beat. Et canon., lib. II, cap. XXXII, n. 11; lib. III, cap. LIII, n. 15, Sobre las enseñanzas de los teólogos, léase Congar, op. cit., p. 45, nota 1
(23) Decreta authentica Congr. S. Rituum, t. III (Romae, 1900), n. 3.336, p. 48
(24) Ibidem, n. 3.419, p. 79
(25) ASS 40 (1907), 649
(26) Por ejemplo, sobre las apariciones de Nuestra Señora en Lourdes tenemos la Institución de la fiesta para la Iglesia universal (13 noviembre 1907), el decreto de la S. C. de Ritos sobre la heroicidad de Virtudes de Bernardita (11 Noviembre 1923, AAS 1.923, pp. 593-594). Etc. Como base de dichas intervenciones de la Iglesia hay que admitir, en tales casos, la aprobación positiva de la sustancia de las apariciones, mientras que ordinariamente la aprobación de la Iglesia tiene exclusivamente valor negativo, como un nihil obstat o un permiso. Así, Congar, op. cit., 46-47. Lo mismo escribía Benedicto XIV: “Sciendum est approbationem istam nihil aliud esse quam permissionem ut edantur ad fidelium institutionem et utilitatem post maturum examen” (op. cit., lib. II, cap. XXXII

juicio de la Iglesia es favorable, se concede construir una iglesia o santuario en honor a la bienaventurada Virgen Maria bajo el título de las apariciones, publicar imágenes, editar libros ilustrativos, dirigir a ella oraciones públicas: en una palabra, se permite el culto público.

Finalmente, debe ser muy evidente que la aprobación o, mejor, permisión de la Iglesia no garantiza de eventuales errores que se puedan infiltrar, a causa de las inevitables deficiencias de algún vidente, como ya hemos insinuado. Se ha constatado muchas veces que los privilegiados de Nuestra Señora han mezclado en el relato de las apariciones pensamientos propios, maneras propias de pensar o de expresarse, que ellos, de buena fe, atribuían a Nuestra Señora misma.

No sería, por tanto, exacto pretender que la aprobación eclesiástica de una aparición mariana garantiza la autenticidad de todas las palabras de los videntes, como si hubiesen sido dictadas por María Santísima y referidas con perfecta exactitud. No se trata aquí de la Sagrada Escritura ni de inspiración divina.

La Iglesia aprueba, y al aprobar, nos asegura con su autoridad que en el hecho sustancial de la aparición de la cual se trata no hay nada contra la fe y las costumbres: se puede creer, sin poner en peligro la propia fe, que Nuestra Señora verdaderamente se ha aparecido y ha dicho cuanto en sustancia le es atribuido.

Medidas disciplinares

Las aprobaciones eclesiásticas de apariciones marianas, son, sin embargo muy raras. En la mayor parte de los casos –querríamos decir en el 99 por 100 de los casos-, la Iglesia desaprueba, a saber, declara con su autoridad que las pretendidas apariciones mariana o no han ocurrido o no son sobrenaturales, como arriba hemos dicho.

A la desaprobación o condenación, la Iglesia ordinariamente acompaña o hace seguir medidas administrativas, disciplinares y penales, que las circunstancias del caso hacen necesarias. También esto entra en la práctica canónica que estamos ilustrando.

Si las pretendidas apariciones han sido divulgadas por medio de libros, opúsculos, revistas especializadas, tales publicaciones son prohibidas o declaradas tales, basados en el canon 1.399, no. 5, siempre que hayan sido publicadas sin el imprimatur de la autoridad eclesiástica. Efectivamente, dice este canon que ipso iure prohibentur libri ac libelli qui ovas apparitiones, revelaciones, visiones, prophetias, miracula enarrant, vel qui novas inducunt devociones, etiam sub praetextu quod sint private, si editi fuerint non servatos canonum praescriptionibus. En cambio, siempre que dichas publicaciones han salido con la aprobación eclesiástica, cuando los hechos estaban todavía sometidos al estudio y las cosas parecían tomar un matiz favorable, entonces se proveerá a ordenar el retiro del comercio, pública o reservadamente, según las circunstancias.

Si, en relación con las pretendidas apariciones, se ha difundido una nueva forma de culto de Nuestra Señor (por ejemplo, bajo un nuevo título o representada de una manera nueva, con determinados vestidos o determinadas actitudes, o Nuestra Señora es invocada con ritos determinados, oraciones, peregrinaciones, en determinados días y lugares, etc.) esta nueva forma de culto serà prohibida, ya en el lugar de las apariciones, ya en cualquier otro sitio. En otros términos, será prohibido todo culto a Nuestra Señora que tenga de alguna manera relación con las pretendidas apariciones, y se añadirá, si es el caso, conminación de penas eclesiásticas contra los desobedientes (privación de la Sagrada Comunión, excomunión, suspensión a divinis para los sacerdotes, etc.) En ciertos casos se podrá llegar incluso a la clausura material del lugar de las apariciones y al secuestro de los materiales allí expuestos (estatuas, cuadros, altares, etc.)

Especiales prohibiciones deberán hacerse muchas veces a los mismos pretendidos videntes par que desistan de hacer propaganda, o también de hablar en público de las pretendidas apariciones, para que no vayan al lugar donde las apariciones han ocurrido, no hagan los actos de culto que Nuestra Señora les pedía, etc. Las prohibiciones deberán ser formuladas de la manera más clara posible, e intimadas en las formas canónicas, para que conste con certeza de su contenido, de las personas a quienes han sido hechas, del lugar, día y hora de la intimación. A las prohibiciones se añadirá, si la prudencia lo sugiere, la conminación de penas eclesiásticas, en que incurrirán –también ipso facto- en caso de trasgresión: privaciòn de la Sagrada Comunión, entredicho personal, excomunión.

De manera análoga se procederá para con los fieles laicos que continuasen su obra de propagadores, defensores, propagandistas de las nuevas devociones y del nuevo culto mariano, incluso después del decreto de condenación emitido por la competente autoridad eclesiástica.

Finalmente, si los sacerdotes, con su participación activa han valorado las pretendidas apariciones y fomentado la nueva forma de culto, deberán ser invitados a desistir de su actitud y a abstenerse de cualquier ulterior participación: mejor aún, si ellos mismos se dedican a ilustrar a los fieles y a llevarlos, con su palabra y con su ejemplo, a la plena obediencia a la Iglesia. Pero si, en cambo los sacerdotes no quisieran someterse al juicio de la Iglesia, y se rebelasen y siguiesen tomando parte en el culto prohibido y haciendo propaganda de las pretendidas apariciones, deberán aplicarse penas severas, tanto por la gravedad de la desobediencia, en razón de su dignidad sacerdotal, cuanto porque el sacerdote rebelde arrastra siempre consigo en la rebelión a cierto número de fieles: sin el sacerdote, los movimientos pseudo marianos poco a poco se van disolviendo; con los sacerdotes se consolidan y se convierten en secta cismática o herética.

Por esto, contra los sacerdotes rebeldes, después de la aplicación de las penas de suspensión y de excomunión, se puede pasar a la probación del hábito eclesiástico, y, finalmente a reducirlos al estado laical.

Los casos de rebelión contra la autoridad eclesiástica por motivo de pretendidas apariciones no son hoy, desgraciadamente, infrecuentes.

En este caso, la rebelión, alimentada por el fanatismo, por la soberbia, y algunas veces por intereses materiales, se consolida y da origen a sectas heréticas. Pero la Iglesia no retrocede ni ante los peligros: la Iglesia ama la pureza de la fe más que la pupila de sus ojos, y, a cualquier precio, no traiciona su obligación de maestra de la verdad.

Alfredo Ottaviani, asesor entonces y actualmente cardenal prosecretario del Santo Oficio, en un artículo titulado Siate, o cristiani, a muovervi più gravi, publicado en L’Osservatore Romano de 4 febrero 1951, afirmaba, entre otras cosas:

“Asistimos desde hace años a un recrudecimiento de pasión popular hacia lo maravilloso, incluso en la religión. Muchedumbres de fieles se dirigen a los sitos de presuntas visiones y pretendidos prodigios, y abandonan, en cambio, la Iglesia, los Sacramentos, la predicación.
Personas que ignoran las primeras palabras del Credo, se convierten en apóstoles de ardiente religiosidad. Cualquiera se atreve a hablar del Papa, de los obispos, del clero en términos de evidente reprobación, y se indignan después de que no tomen parte, en tropel con ellos, en todas las incandescencias y en todas las excandescencias de ciertos movimientos populares…
No hay que creer que somos religiosos de cualquier manera que lo seamos: hay que saber serlo bien. Pueden existir, y existen, desviaciones del sentido religioso, tanto como de los demás sentimientos.

El sentimiento religioso ha de ser guiado por la razón, alimentado por la Gracia, gobernado por la Iglesia, como toda nuestra vida, y más severamente aún. Existe una instrucción, una educación, una formación religiosa. Quienes han combatido, con tanta ligereza, a la autoridad de la Iglesia, y al sentimiento religioso, se encuentran actualmente ante explosiones impresionantes de un sentimiento religioso instintivo, sin luz alguna de racionalidad, sin ninguna conciencia de gracia, sin control alguno, sin gobierno: tan verdad es que desembocan en deplorables desobediencias a la Autoridad eclesiástica, que había intervenido para poner el debido freno. Así ocurrió en Italia, a consecuencia de las llamadas apariciones de Voltago; en Francia, ante los hechos de Espis y de Bouxières, con las ramificaciones de Ham-sur-Sambre (Bélgica); en Alemania, con las visiones de Heroldsbach; en los Estados Unidos, con las manifestaciones de Necedah (La Crosse), y podría continuar citando ejemplos en otras naciones, cercanas y lejanas” (27)

En la práctica hemos de tener en cuenta el caso de quien (sacerdote o seglar) se sujeta externamente a las disposiciones de la autoridad eclesiástica, absteniéndose de todo acto de culto en relación con las pretendidas apariciones o de cualquier otra propaganda de ellas, pero que internamente sigue creyéndolas verdaderas y sigue pensando lo mismo. Surge entonces el problema del valor que tiene los decretos de la competente autoridad eclesiástica (obispo, Santo Oficio): ¿son estos decretos meramente disciplinares, que exigen exclusivamente una actitud externa, cualquiera que fuere el ánimo con que se obedece, o imponen también una actitud interior de conformidad ?

Hemos de advertir, ante todo, que quien no obedece interiormente a la Iglesia respecto a determinadas apariciones expresamente reprobadas, no admite en su corazón que no sean sobrenaturales y, 

(27) Ottaviani, op. cit., pp. 194-195

por consiguiente, está convencido de que en aquel caso la Iglesia se ha equivocado: su juicio es exacto, no el de la Iglesia, la cual –piensa él- ha juzgado precipitadamente, no bien informada, sugestionada, etc. Puesto que todas estas razones no son más que pretextos sin fundamento, y la realidad es la adhesión exclusiva al propio juicio, es evidente que todos los que siguen pertinaces en tal actitud son, por lo menos, temerarios. Un mínimo de prudencia les debe sugerir que admitan el juicio de la Iglesia, que tiene de Dios la misión de gobernar el sentimiento religioso y guiar a los fieles a los pastos de la verdadera devoción.

En realidad, los decretos con que la autoridad eclesiástica prohíbe devociones relacionadas con las pretendidas apariciones tocan en cierto modo la materia de la fe y las costumbres, y no son por consiguiente meramente disciplinares. De donde, de suyo, obligan también en el fuero interno, en conciencia (28).

Lo mismo habría que decir de los decretos con que la autoridad eclesiástica admite el origen sobrenatural de la aparición mariana. Los fieles (y los clérigos) no deben oponerse a tal decisión, sabiendo perfectamente que tal aprobación no pone en juego la infalibilidad de la Iglesia, puesto que no importa la obligación, sino únicamente el permiso para admitir la aparición.

Únicamente quien tuviere razones verdaderamente graves podría interiormente disentir de la aprobación o desaprobación de la competente autoridad eclesiástica, con tal de que no manifestase a otros de su disentimiento y disciplinariamente se comportase según las normas dadas.

Si la Iglesia no castiga a quien no se somete internamente a sus decisiones negativas, esto no significa que no sea obligatorio el asentimiento interno, tanto más que, en la mayor parte de los casos, el juicio negativo de la Iglesia es exigido por errores doctrinales que se hallan implícitos en las pretendidas apariciones o revelaciones.

Cuando el juicio sobre la aparición mariana fuese dado por el obispo del lugar, quien tuviese graves razones en contrario podría, con el debido secreto, humildad y discreción, informar a la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio.

(28) Crf. Nicolas, op, cit., p. 148: Congar, op., cit., p. 47: L. Choupin, S.J., Valeur des décisions doctrinales et disciplinaires du Saint Siège, Paris, 1907, p. 27, el cual habla de « respect et obéissance, non seulement un silence respectueux, mais l’assentiment intérieur de l’esprit ».

Padre Mario Castellano, O.P.

Tomado de:
Enciclopedia Mariana “Theotòcos”
Ediciones Studium, Madrid, 1960, 2ª. Ed.
Capìtulo XXVII

12. Mensaje Pastoral ante el caso del supuesto vidente «Betito».

Autor: Fr. Raúl Vera López, O.P. Obispo de Saltillo | Fuente: Pastoral de la comunicación

Mensaje Pastoral Ante las supuestas apariciones de la Santísima Virgen al joven Alberto Solís..

S.E.R. Mons. Fr. Raúl Vera López, agradece la distribución del Mensaje Pastoral que en este texto se anexa, entre las distintas comunidades, instituciones y diócesis que se han visto involucradas con este fenómeno. 

La justificación para que el obispo diera su palabra, se encuentra sobre todo, en el Canon 375, 386 y 392 del Código de Derecho Canónico. El Vicario General, Pbro. Gerardo Escareño nos recordó que quien preside esta diócesis, como cabeza y maestro, responsable de interpretar correctamente lo que Dios le entrega, así como hacer el juicio sobre los dones que los fieles recibimos, y decidir su autenticidad y aplicación, es el Señor Obispo, motivos que lo obligaron a actuar en el presente caso, sobre todo, para defender la unidad de la Iglesia y promover la disciplina y cumplimiento de las normas. 

El Vicario de Pastoral, Pbro. Francisco Xavier Rodríguez nos habló sobre la oportuna intervención en este caso, como respuesta a minimizar distractores en el proceso del Plan Pastoral que estamos llevando con una evangelización seria, fundamentada y bien programada, con la que queremos lograr una renovación espiritual y evangelizadora, que se lleve a cabo en todas las personas, con un testimonio de vida.

También dijo que hoy se está dando un distanciamiento o alejamiento de Dios (muchos demonios y poca agua bendita) en donde surgen fenómenos paranormales, patológicos o fantasiosos que tratan de llenar vacíos espirituales y morales que se van dando en el seno de nuestro pueblo y que muchas veces tienes su caldo de cultivo en la ignorancia de las personas, falta de una educación sistemática en la fe y una falta de vivencia sólida de la vida cristiana.

Por lo tanto es importante verificar las intervenciones que surjan, pues éstas deben apuntalar, apoyar y sostener los procesos de evangelización y fe, y con ello la conversión de las personas, la conversión de las comunidades y la transformación de las estructuras sociales. 

El padre René Allande Sánchez, Misionero del Espíritu Santo, quien en la parte final de este proceso se integró a acompañar el caso y quien dijo comprobar con mentiras, desobediencia y falta de caridad, la falsedad de lo que el vidente pretende ofrecer. El habló del joven vidente como de alguien manipulado o que hay alguien detrás de él a quien le conviene la división de la diócesis o de la Iglesia, más allá de las fronteras de estas diócesis.

 Tres criterios para distinguir lo falso de lo auténtico en el orden espiritual, dijo son: la humildad, la caridad y la obediencia.

 
Ninguno de ellos tiene el joven. Habló también de la sabiduría de la Iglesia para tratar este tipo de situaciones y de la importancia de entender que los verdaderos estigmas son fruto de la comunión con Cristo resucitado, como experiencia de amor para imitarlo y dar su vida en el servicio; como los beatos y los místicos se hacen en comunión con Jesús.

Recordó que el Santo Padre Benedicto XVI en una audiencia mencionó que la gente puede andar tras este tipo de signos como los que se presentaron en Saltillo, pues se tiene necesidad de comprobar la fe, y eso necesita una espiritualidad y fe más austera, no signos secundarios como los que presenta este joven. 

El sacerdote Pbro. José Luis del Río y Santiago, que comprobó el fenómeno de una imagen que supuestamente sudaba aceite y era también promovida por este mismo joven, que ahora es el supuesto vidente.

Con dicho aceite, el joven acostumbraba a hacer oración y a ungir a las personas que acudían a él y caían en un supuesto descanso espiritual; se dio el caso de que un joven cayó, no en descanso espiritual, sino en signos de posesión diabólica, por lo que lo llevaron con el padre que tuvo que hacer una oración y un exorcismo por este joven.

A raíz de esto, el padre pidió que le llevaran esa imagen a la parroquia. Describió la manera en que examinó la imagen correspondiente durante 15 días durante los cuales dejó de "sudar" aceite. Posteriormente entregó la imagen seca al joven, en una vitrina sellada y cuando le avisaron que la imagen tenía aceite, descubrió que el sello había sido violado.

Él descubrió que en el joven había un afán de poseer poderes, una desobediencia y muchos engaños, con los que concluye que no hay autenticidad en los hechos extraordinarios que se presentan en torno a él. 

El obispo ha pedido a las personas que están cerca de él, que le ayuden y acompañen, así como ha pedido que el padre Allande lo acompañe espiritualmente. Dijo creer que necesita una ayuda profesional.

Que el joven es muy aficionado a leer todo lo que sucede en cuanto a visiones y apariciones. El cree que hay personas que han entrado en eso de buena voluntad, entre ellas mucha gente que tiene carencias para atender su salud, entre otras, por lo que acude a Dios para resolver las necesidades que tienen para poder crecer como personas y desarrollarse dentro de la sociedad. Su mensaje es el siguiente: 

Mensaje Pastoral
 
Ante las supuestas apariciones de la Santísima Virgen 
al joven Alberto Solís 


El Espíritu Santo "distribuye sus dones a cada uno según quiere" (1Cor., 12,11), reparte entre los fieles de cualquier condición incluso gracias especiales. Estos carismas, tanto los extraordinarios como los más sencillos y comunes, por el hecho de que son muy conformes y útiles a las necesidades de la Iglesia, hay que recibirlos con agradecimiento y consuelo. 

Los dones extraordinarios no hay que pedirlos temerariamente, ni hay que esperar de ellos con presunción los frutos de los trabajos apostólicos, sino que el juicio sobre su autenticidad y sobre su aplicación pertenece a los que presiden la Iglesia (cf. 1Tes., 5,19-21). (Cf. Concilio Vaticano II. Constitución Lumen Gentium n. 12). 

Con estas palabras de las enseñanzas de la Iglesia, acerca de uno de los deberes del obispo, que he tomado de los documentos del Concilio Ecuménico Vaticano II, quiero fundamentar mi responsabilidad, como obispo que preside esta Diócesis, ante el caso del supuesto vidente "Betito". 

La Iglesia en su recorrido histórico, fiel a su fundador, y con un profundo respeto por la persona humana, sigue atenta, con paciencia y prudencia a este tipo de fenómenos, cuidando de no perder la objetividad, sin dejarse influenciar por lo extraordinario de los signos y las adhesiones, más o menos numerosas de fieles. 

Los criterios con que debe actuar el obispo, emergen del evangelio mismo, en donde la criatura humana aprende a conocer sus límites delante de Dios, de manera que cuando aparecen signos que pueden provenir del cielo, lo primero que se debe hacer es comparar las actitudes de la persona que asegura estar recibiendo esos signos o mensajes del cielo, con las actitudes que nos enseña el evangelio: humildad acompañada de mucha discreción, obediencia, amor, apego a la verdad, prudencia, sentido de justicia y todas las virtudes. Venga este mensaje de parte de Jesús, de la Santísima Virgen, de alguno de los santos o de un ángel. 

La vida y las actitudes de la persona vidente, son un criterio fundamental para juzgar de la autenticidad o no de sus visiones o mensajes, es la virtud de la persona vidente, la que da la base al juicio de la Iglesia. Ante este criterio, los signos extraordinarios son muy relativos, por impresionantes que aparezcan. Cuando los fariseos pidieron a Jesús, signos extraordinarios para creer en Él, el Señor se negó rotundamente a caer en su juego.

Curiosamente, el Diablo le había pedido, además de adorarlo a él, realizar este tipo de signos (Cf. Mt 4,1-11) en las tentaciones que le puso en el desierto. De modo que, lo extraordinario de los signos no es un criterio determinante para saber si un mensaje viene o no del cielo, tenemos que fijarnos en las virtudes del vidente. 

Otro criterio que se guarde en el discernimiento de la veracidad de estos mensajes es el hecho de que Dios envió al mundo, por medio de su Hijo, Nuestro Señor Jesucristo, su palabra definitiva, como lo dice capítulo primero de la Carta a los Hebreos.

En las Sagradas Escrituras y en lo que se llama la Tradición viva de la Iglesia, que es la transmisión oral de esa misma palabra de Dios, los fieles encuentran una enseñanza definitiva de lo que Dios, asistiéndonos por medio del Espíritu Santo, quiere que conozcamos, para aplicarlo a nuestra vida personal y utilizarlo, como comunidad humana, en la administración y organización del mundo, desde la más pequeña célula que es la familia, hasta la organización social más amplia, en sus niveles local, nacional o internacional. 

A partir de que vino Jesucristo al mundo, todo mensaje privado que Dios quiere dar a una persona o a un grupo de personas, la Iglesia lo tiene que ver desde el punto de vista de la Revelación Pública, que así se le llama a todo lo que conocemos directamente del Señor Jesús, y que nos ha sido transmitidos por medio de los Evangelios, en las cartas y escritos de sus apóstoles y en la palabra viva de la misma Iglesia.

La Iglesia constantemente ha penetrado a través de la historia en lo que Jesús ha dicho y hecho, esta es la principal luz que la ha guiado en sus casi 2000 años de vida. Y comprende que Dios, sólo en circunstancias muy particulares y porque así lo ha considerado oportuno, para bien de toda la humanidad, o de una región del mundo, ha dado mensajes muy precisos y rodeados de una grande austeridad. 

Durante dos años he seguido con atención el caso del joven Alberto Solís, que asegura estar recibiendo mensajes de la Virgen María. Para ello pedí al padre Emeric Le Bigot que estuviera cerca de él, lo cual realizó con mucha responsabilidad durante poco menos de un año.

Esto no le fue fácil porque al joven Alberto empezó a faltar al espíritu de obediencia y a resistirse a colaborar con las disposiciones del padre, para crear las condiciones que se tenían que dar, en orden a hacer posible un discernimiento serio, acerca de la autenticidad de los supuestos mensajes y el aspecto verdaderamente sobrenatural de los signos que los acompañaban. 

La dificultad principal se refería a que él debía tener en torno un ambiente más privado, y cuando el padre Emeric pidió a quienes acudían a su casa a rezar los rosarios, que dejaran de asistir al espacio donde se daban los fenómenos (éxtasis, aromas perfumados, pétalos marcados y supuestas lluvias de escarcha), que acaecían en un cuarto aparte, Alberto dijo al padre que la Virgen la había dicho en un mensaje, que estaba disgustada con él, porque él estaba intentando impedir la divulgación de los mensajes. 

Ante estas dificultades, yo opté por no asignarle a otro sacerdote y así, Alberto estuvo acompañado por un grupo de laicos, hasta mediados del mes de mayo de este año, cuando decidí nombrar al padre José Luis Ortiz Leal para que lo acompañara, pues Alberto estaba ya convocando al evento del próximo 2 de agosto, en la Carbonera. 

En vista de que dicha convocación ha adquirido una dimensión muy considerable en cuanto al número de personas y los espacios geográficos a donde está llegando, me he visto en la necesidad de realizar una investigación seria, documentando información de testigos que han estado muy cerca de él, para valorar la veracidad de este fenómeno, en cuanto a su procedencia sobrenatural. 

Tratando de respetar en todo a la dignidad de la persona de Alberto, como pastor de la Iglesia, para cumplir con mi deber de cuidar de la porción del Pueblo de Dios a mi confiado, y a todas aquellas personas, que viniendo de otras Diócesis, puedan ser afectadas en su fe, debido al engaño, es mi deber decir lo siguiente: 

Los criterios arriba señalados, para discernir sobre la veracidad que tienen los mensajes y los signos que los acompañan, en el caso del supuesto vidente Alberto Solís, no se cumplen ni en cuanto a la persona, ni en cuanto a la consonancia con la Revelación Pública de la Iglesia. 

En cuanto a la persona: Alberto ha caído en la mentira, la simulación y el engaño. Ha intentado hacer público que algunas hostias sangran en su boca.

Se ha realizado un análisis del ADN de la sangre y la saliva que impregnaban una de esas hostias sangrantes, que el mismo Alberto sacó de su boca, a petición del Padre José Luis Ortiz. De este análisis se encontró un único perfil genético de la materia humana que había en su boca. Esa materia humana (saliva y sangre) pertenece a Alberto. 

Pretende tener estigmas, cuando hay dos testigos que lo han visto acudir a un establecimiento de tatuajes, pretendiendo que se le hicieran unas marcas visibles en las manos.

Cuando se le habló de los métodos que existen para adquirir esas marcas indelebles, eligió que fuera con la técnica "Branding", que deja unas señales cóncavas. No se las hicieron, porque en esa época, noviembre o diciembre del año pasado, era menor de edad.

En marzo volvió al mismo establecimiento a preguntar cuánto costaría que se le realizaran unas perforaciones en las manos; sólo preguntó por el precio y se salió. 

A lo largo de la investigación con testigos, existen otras situaciones en donde el cayó en simulación y mentira. Como ya dije antes, el modo de actuar y de vivir del vidente, son fundamentales, por encima de los signos extraordinarios. 

En cuanto al respeto e integridad de la Revelación Pública de la Iglesia, en contra de la austeridad que caracteriza a las poca revelaciones privadas, que la Iglesia ha reconocido a lo largo de la historia como verdaderas, en el caso del Señor Alberto existe una tremenda manipulación de sus éxtasis y sus mensajes, que proliferan hasta tocar el ridículo, pues se han dado casos en que en cuestión de minutos, cambia lo que había pedido antes la Virgen y existe evidencia que él maneja muchas veces a la Virgen con los supuestos mensajes, para su propia conveniencia. 

Por ello le entregué una carta el 8 de julio pasado en donde, entre otras cosas, le expreso lo siguiente: 

Quiero hacerte una reflexión, una exhortación y una amonestación. 

Mi reflexión: tú realizaste la convocación del 2 de agosto del año pasado en base a un supuesto mensaje de la Virgen, de que haría que el sol girara o danzara. Con esta señal la gente comprendería que la Virgen estaba ahí con ellos, cerca de ellos, lo que significaba que los ahí presentes recibirían muchas bendiciones. 

La señal externa que tu prometiste a nombre de la Virgen, como transmisor de su mensaje, no se dio, porque ese día estuvo nublado y no salió el sol, incluso hubo lluvia. Sin embargo, sí hubo signos también externos, que reflejaron una situación interna tuya, porque tú estuviste actuando en contra de los mandamientos de Dios, especialmente el que se refiere a no decir mentiras. 

Primero: porque si verdaderamente la Virgen te hubiera dicho que se iba a dar esa señal, hubiera sucedido, pero no fue así. Ante esto, uno de ustedes dos mintió, tú o la Virgen. Como la Virgen está en el cielo y no puede mentir, porque allá no hay nada imperfecto, es evidente que tu fuiste el mentiroso y que nunca recibiste mensaje alguno de la Virgen. 

Segundo: también mentiste, diciendo que tenías permiso del Padre Emeric para hacer llevar la Eucaristía a tu casa ese día, y obligaste bajo esa mentira, a que una persona ministro de la Eucaristía, llevara y expusiera la Eucaristía en tu casa, sin contar con el permiso de su respectivo párroco. En esos días, tanto el Padre Emeric como la persona ministro me comunicaron lo que sucedió. El padre nunca te había concedido ese permiso. 

Fíjate lo que estás haciendo, promueves una religión cristiana de apariencias externas, descuidando en ti mismo las virtudes cristianas, como es la de actuar siempre con apego a la verdad. Si tu, ese día 2 de agosto de 2006, utilizaste la mentira, ¿quién nos garantiza que no la has seguido utilizando todo este tiempo? 

Mi exhortación: nuevamente te pido que le des importancia a lo que te hace crecer como persona y te preparará a ser un buen cristiano en tu vida. Necesitas crecer en el ambiente normal que da la educación progresiva y continua que te ofrecen las escuelas y las universidades. El hecho de que no tengas la disciplina del estudio y el aprendizaje formal para prepararte a desempeñar un trabajo, te deja mucho tiempo al ocio y a la dispersión intelectual y espiritual. 

Mi admonición: te amonesto, te pido, te ordeno, que no sigas convocando a estas supuestas manifestaciones extraordinarias de la Virgen María, como ya lo hiciste el 2 de agosto pasado en tu casa, y ahora lo estás haciendo para la Sierra de Arteaga. Una mentira lleva a otra: hace un año no sólo manipulaste a la Virgen María, sino que manipulaste también la Eucaristía. La manipulación de las cosas sagradas es una falta grave contra Dios y contra la Iglesia de Nuestro Señor Jesucristo. También con todo esto estás manipulando el sentido religioso de los fieles, y yo como pastor debo protegerlos de estos abusos. 


Es muy importante que todos los fieles que están siendo convocados conozcan todo esto, para que sepan que están entrando en un asunto que si no se detiene, puede convertirse en un cisma en la Iglesia Católica, pues las irregularidades que ya ha cometido el joven Alberto Solís, si no asume una actitud de obediencia lo exponen a recibir sanciones muy serias, y si siguiera con una actitud contumaz, lo orillarán a formar un grupo fuera de la Iglesia Católica. 

En mi oración están presentes tanto Alberto como quienes lo están siguiendo hasta ahora, y pido la poderosa intercesión de la Santísima Virgen María, para que todos caminemos unidos en la única Iglesia que ha fundado nuestro Señor Jesucristo, en la verdad que conocemos por la fe, y vivimos en la caridad. 

Los bendigo y los abrazo con un grande afecto. 
Saltillo, Coah., 13 de julio de 2007 

Fr. Raúl Vera López, O.P. 
Obispo de Saltillo 
PASTORAL DE LA COMUNICACIÓN
Directo (52.844) 412.0474 

11. Cómo y por qué reconoce la Iglesia las apariciones de la Virgen

Autor: Zenit | Fuente: Zenit  

Aclaración tras la aprobación oficial de las apariciones de Laus (Francia).

Contenido ROMA, miércoles, 14 mayo 2008 (ZENIT.org).- El pasado 4 de mayo, durante una misa celebrada en la ciudad de los Alpes franceses de Laus, el obispo de Gap, monseñor Jean-Michel di Falco, notificó la aprobación oficial de la Iglesia de las apariciones de la Virgen María a Benôite (Benedicta) Rencurel, de 17 años, entre 1664 y 1718.

Entre los asistentes estaban el cardenal mexicano Javier Lozano Barragán, presidente del Consejo Pontificio para la Pastoral de la Salud, el cardenal Sergio Sebastiani, presidente de la Prefectura de Asuntos Económicos de la Santa Sede, el cardenal Jorge Maria Mejía, archivista y bibliotecario emérito del Estado de la Ciudad del Vaticano, el obispo Renato Boccardo, secretario general del Estado de la Ciudad del Vaticano, y otros cardenales, obispos y abades franceses, y el nuncio apostólico en Francia, el arzobispo Fortunato Baldelli.

Monseñor di Falco recordó que éstas son las primeras apariciones marianas reconocidas oficialmente en el siglo XXI por la Iglesia en Francia y por la Santa Sede. Es la primera vez que un acontecimiento tan singular ocurre desde las apariciones de Lourdes en 1862.

Monseñor di Falco recordó que «nadie está obligado a creer en las apariciones, incluso en aquellas reconocidas oficialmente; pero sí son una ayuda en nuestra fe y nuestra vida diaria ¿Por qué habría que rechazarlas?».

El santuario de Nuestra Señora de Laus atrae unos 120.000 peregrinos al año. 

A raíz del reconocimiento de las apariciones el padre Salvatore M. Perrella, experto profesor de dogmática y mariología en la Pontificia Facultad Teológica Marianum, en Roma, ha aclarado los criterios que utiliza la Iglesia para determinar la legitimidad de las apariciones marianas.

En un artículo aparecido en «L´Osservatore Romano», explica la diferencia entre visión y aparición. La primera es de índole espiritual, mientras que la segunda es de orden físico, es decir que existe la experiencia real y sensible de quien se aparece.

Actualmente se les pide «al obispo diocesano, al arzobispo metropolitano --en tiempos más recientes a las conferencias episcopales del territorio-- y al Papa el discernimiento sobre la veracidad de los hechos presentados».

Indicó que «la Congregación para la Doctrina de la Fe, después de cuatro años de estudio desde noviembre de 1974, redactó, el 25 de febrero de 1978, un documento interno y supersecreto, con la firma del cardenal prefecto Franjo Šeper, para ser utilizado por las autoridades eclesiásticas competentes que lleva por título:

"Normae S. Congregationis pro Doctrina Fidei de modo procedendi in iudicandis praesumptis apparitionibus ac revelationibus" (Normas de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre el modo de proceder para juzgar las presuntas apariciones y revelaciones)».

El experto señaló que este dicasterio vaticano establece que para proceder con la verificación, se obtenga «información precisa sobre los hechos bajo observación y la reunión de testimonios de los signos de fe, examen del mensaje sujeto en el hecho sobrenatural, que no debe estar en contra de la fe cristiana, diagnóstico médico-psicológico para garantizar la salud y normalidad del vidente, y también para descartar la posibilidad de fenómenos alucinatorios; nivel de educación del vidente, su conocimiento de la doctrina, su vida espiritual, su grado de comunión eclesial, frutos espirituales, como el retorno de la fe de los alejados; moralidad y eclesialidad de la existencia, cooperación en la evangelización del mundo, cultura y costumbre, eventuales curaciones milagrosas que se reciben en razón de la referida revelación privada, el juicio de la Iglesia».

Tras minuciosos exámenes de los hechos referidos a una aparición, dijo el sacerdote, la Iglesia «aprobó durante el curso de la historia 11 apariciones de 295 propuestas para su indagación, entre las cuales la 12ª es la referida a Nuestra Señora de Laus».

«Una vez verificadas y autenticadas por la autoridad eclesiástica, las manifestaciones extraordinarias consienten la libertad de adhesión, porque la fe se presta sólo a la revelación pública de Dios concluida con la muerte del último de los Apóstoles», precisó el experto italiano.

Tras explicar que las apariciones son una gracia «dada gratuitamente del Cielo», el padre Perrella recordó que si bien éstas ayudan a incrementar la fe de las personas, «no amplifican la Revelación dada con la Sagrada Escritura a la Iglesia, sino que ayudan a hacerla actual en un determinado tiempo».

10. La «adoración» a María

Autor: Aci Digital

Hay algunos que piensan que los católicos "adoramos" a María ¿Es eso cierto?.

Hay algunos que piensan que los católicos "adoramos" a María ¿Es eso cierto? 

Primero que nada, hay que decir que los católicos no adoramos a la Virgen María. El culto que le profesamos no es adoración, puesto que ésta corresponde únicamente a Dios.

Los católicos veneramos a Santa María, porque Ella es la mujer a quien Dios escogió para que fuera la Madre de Cristo. Es decir, María no es una persona cualquiera, es la Madre del mismo Dios.

María es bienaventurada por el hecho de haber sido escogida por Dios para llevar al Salvador en su seno, y por ello los católicos la hemos llamado así durante "todas las generaciones".

El respeto y veneración que le profesamos los católicos a la Santísima Virgen tiene, por lo tanto, bases bíblicas sólidas.

1. Desde el designio divino

Dios manda alabar a María. El ángel Gabriel enviado por Dios saludó a María con estas palabras: "Alégrate, llena de gracia, el Señor es contigo" (Lc 1,28). Dios Padre ha querido asociar a María a la realización de su Plan de Reconciliación. Es así que María está asociada a la obra de su Hijo, el Señor Jesús.

No es un simple capricho o exageración el reconocer la maternidad divina de María. El misterio de María está íntimamente unido al misterio de su Hijo. En Ella "todo está referido a Cristo", subordinado a Él. María no tiene naturaleza divina y todos sus dones le vienen por los méritos de su Hijo, y no por ello deja de ser una mujer única, con dones únicos para una misión muy particular en la historia. 

La cooperación de María en la obra de la Reconciliación. Para ser la Madre del Salvador, María fue dotada por Dios con dones a la medida de su importante misión; ella es la "Llena de gracia". Sin esta gracia única, María no hubiera podido responder a tan grande llamado. Ella es Inmaculada, libre de todo pecado original, en virtud de los méritos de su Hijo (LG 53).

Los relatos evangélicos presentan la concepción virginal como una obra divina que sobrepasa toda comprensión y posibilidad humanas (Catecismo de la Iglesia Católica n. 497). María es, pues, una mujer muy especial, dotada por Dios para ser Madre del Redentor, Madre de Dios.


2. Testimonio de las Escrituras

Los Evangelios nos la presentan como activa colaboradora en la misión de su Hijo. En Belén da a luz a Jesús, lo presenta a los pastores, a los Magos y en el Templo; convive con Él treinta años en Nazareth; intercede en Caná; sufre al pie de la cruz; ora en el Cenáculo.

Por tanto, hacer a un lado a María, separarla de Cristo, no es lo que la revelación enseña. Si los Reyes Magos adoraron a Jesús en brazos de María, ¿será idolatría imitar su ejemplo? 


3. En la vida de la Iglesia

La Iglesia nos presenta a María como Abogada, Auxiliadora, Socorro, Mediadora. "Pero todo esto ha de entenderse de tal manera que no reste ni añada nada a la dignidad y eficacia de Cristo, único Mediador" (S. Ambrosio).

La luna brilla porque refleja la luz del sol. La luz de la luna no quita ni añade nada a la luz del sol, sino manifiesta su resplandor. De la misma manera, la mediación de María depende de la de Cristo, único Mediador. 

El culto a María está basado en estas palabras proféticas: "Todas las generaciones me llamarán bienaventurada, porque ha hecho en mi maravillas el Poderoso" (Lc 1, 48-49). Ella será llamada bienaventurada, no porque su naturaleza sea divina, sino por las maravillas que el Poderoso hizo en ella.

Así como María presentó a los pastores al Salvador, a los Magos al Rey, para que lo adoraran, le presentaran dones y se alegraran con el gozo de su venida, así el culto a la Madre hace que el Hijo sea mejor conocido, amado, glorificado y que, a la vez, sean mejor cumplidos sus mandamientos.

María nunca busca reducir la gloria de su propio Hijo; todo lo contrario, y así es como lo ha entendido la Iglesia desde los primeros siglos, cuando oraban al Señor los discípulos en el Cenáculo en compañía de la Virgen Madre (Hch 1,14).

Para una información más completa acerca de la Santísima Virgen, visita la sección de Mariología

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